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El Supremo confirma la expulsión de la juez de Motril por "desidia"

El Tribunal Supremo ha confirmado el acuerdo del Consejo General del Poder Judicial de expulsar de la carrera judicial a la que fuera juez de Motril (Granada) Adelina Entrena, quien olvidó ordenar la libertad de tres presos, porque considera que no fue por un simple descuido, sino por desidia.

El 28 de noviembre de 2007 el Consejo acordó la separación de la carrera judicial de Entrena por su actuación respecto a dos condenados, uno por maltrato familiar y otro por quebrantamiento de condena, que estuvieron en la cárcel más tiempo del marcado por las penas que les fueron impuestas por la juez, en concreto unos treinta días cada uno. En el caso de otro preso, que pasó más de un año en la cárcel indebidamente, se actuó por la vía penal, lo que motivó que Entrena fuera juzgada y condenada a un año de suspensión por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, pena que fue confirmada por el Supremo.

En su recurso la defensa de Entrena consideró que el Consejo no tuvo en cuenta que el fallo no fue de la juez, sino de la Oficina Judicial de Motril y de otros órganos. El Supremo responde que el control jurisdiccional es un deber de especial cuidado del juez, e indica que en el caso de los dos primeros presos mencionados "consta su clara desidia personal por no haber adoptado ninguna medida individual de control". Para el Supremo, "la desidia que exterioriza la conducta de la recurrente es absoluta porque observó unas actitudes de pasividad ante una pluralidad de hechos que advertían (cada uno de ellos) de la necesidad del control y dichas pasividades además fueron mantenidas durante largos periodos de tiempo".

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