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Absuelta la acusada de estafar ancianos a su cargo

Fue procesada por amañar testamentos en el geriátrico

La Audiencia de Alicante ha absuelto a la dueña de un geriátrico procesada por una supuesta estafa derivada de amañar a su favor los testamentos de siete ancianos ingresados en la residencia. La sala, la sección 2ª de la Audiencia, precisa que la conducta de la acusada, María Josefa Sánchez es "reprochable", pero asegura que en la vista oral no se han aportado pruebas suficientes para condenarla.

En la calificación definitiva de los hechos, el fiscal solicitó un total de 12 años y 9 meses de cárcel para la acusada, por siete delitos de estafa y otro en grado de tentativa. En su alegato final, el representante del ministerio público dijo: "Los engañó, manipuló y cambió su voluntad para quedarse con sus joyas, dinero y hasta la casa".

La sala precisa que la conducta de la dueña del geriátrico es "reprochable"

Los hechos ocurrieron entre los años 1996 y 2002 en la residencia Santa Teresa de Jesús, ubicada en el término municipal de Mutxamel. La acusada es la propietaria y directora del establecimiento.

En el apartado de fundamentos jurídicos, la sentencia dice textualmente: "Los hechos declarados probados no son constitutivos de los delitos y falta de estafa que le imputan". "Con independencia del juicio de reprochabilidad que pueda merecer la conducta de la acusada desde un punto de vista ético y social, lo cierto es que el ordenamiento jurídico punitivo se rige por el principio de legalidad y solo cabe el pronunciamiento de sentencia condenatoria cuando las conductas enjuiciadas se incardinen en un tipo penal", añade la resolución.

Para la sala, el elemento esencial e imprescindible del delito de estafa es la concurrencia del "engaño bastante" y, según la sentencia, las acusaciones no han podido acreditar ese extremo. El tribunal también descarta la tesis del ministerio fiscal sobre las "supuestas artimañas" de la dueña de la residencia para cambiar la voluntad de los ancianos y quedarse con su herencia. "No se especifica en qué consistieron esas artimañas. Y la acusación particular hizo referencia en su informe a ardides, sin concretar tampoco en qué consistieron", razona la sala en la sentencia.

El tribunal señala que no ha quedado acreditado que los ancianos padecieran enfermedades mentales. En este sentido, descata el testimonio del notario que autorizó los testamentos y que no "apreció síntoma alguno de enfermedad mental" en los ancianos. No obstante, los forenses indicaron que dos de los ancianos que evaluaron (los otros cinco habían fallecido antes de comenzar la investigación) presentaban alteraciones mentales que les incapacitaban variar el testamento.

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