El Tribunal Constitucional cierra el 'caso Roquetas'
La muerte en el cuartel de Roquetas de Mar (Almería) del agricultor Juan Martínez Galdeano, en julio de 2005, ha quedado cerrada por la vía penal con la decisión del Tribunal Constitucional de no admitir a trámite el recurso interpuesto por el teniente José Manuel Rivas.
El principal acusado en este proceso, que estaba al mando del acuartelamiento cuando murió el almeriense de 39 años, no ha recurrido en súplica esta decisión. El Constitucional la argumenta en que debió agotar la vía judicial ordinaria antes de plantear el amparo. Por ello, Rivas cumple ya la condena en firme de un año de cárcel, que no se hará efectiva al carecer de antecedentes, y de suspensión en el cargo por el mismo período que le impuso el Tribunal Supremo.
En abril de 2009, la Sala de lo Penal corrigió el fallo inicial dictado por la Audiencia de Almería al apreciar que existió relación de causalidad entre las órdenes que el teniente Rivas dictó a sus agentes para inmovilizar a Martínez Galdeano y su muerte por el síndrome de delirio agitado que sufría por la ingesta de cocaína y heroína. Entre estas órdenes figuran la de atarle con un lazo y la de golpearle con una porra eléctrica.
Por estas consideraciones, el Supremo culpó de un delito de homicidio por imprudencia a Rivas, quien también fue condenado por una falta de lesiones, atribuida además a dos de los siete agentes que, junto a él, cooperaron de algún modo en la reducción del agricultor. Por su muerte, certificada tras hora y media de forcejeos en el cuartel, donde acudió ebrio y drogado para pedir auxilio al verse implicado en un accidente, su viuda y su hijo han sido indemnizados por Rivas con 85.000 euros.
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