El 112 niega la reducción de jornada a tres operadores en Semana Santa
"Puede producirse una perturbación del servicio con un grado de intensidad elevado". Es el motivo que esgrime el organismo autónomo Madrid 112 para denegar a tres operadores una reducción de jornada laboral en Semana Santa. Los tres habían solicitado trabajar menos horas para ocuparse de sus hijos menores de 12 años. En uno de los casos, una trabajadora pedía reducir únicamente una hora su turno. El convenio colectivo del personal laboral de la Comunidad de Madrid permite disminuir la jornada hasta la mitad, con una reducción proporcional del salario, para ocuparse de un menor de 12 años, un anciano o un disminuido.
Un portavoz del 112 aseguró que, en vacaciones, se puede denegar la reducción por "necesidades del servicio". Se basa en dos informes, uno del director del centro y otro de la Dirección General de la Función Pública. En cambio, un portavoz de los servicios jurídicos de UGT explicó que el convenio colectivo prima sobre cualquier informe, que no es más que "una interpretación que lleva a cabo la propia Administración". Se trata, añadió, de "un derecho que no se puede limitar en jornada vacacional; la Administración tiene que prever que existen esos periodos y poner los medios para cubrirlos". El comité de empresa del 112 recordó que no se convocan plazas de operador desde 2007.
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