Puntualización
El 22 de febrero y bajo el título Cuando el Supremo se disfraza de Michael Jackson, se publicaba un artículo de opinión en este periódico, escrito por José Yoldi, sobre una sentencia dictada por el Tribunal Supremo (10-2-10).
En ella, se otorgaba la Gran Cruz de la Real Orden de Reconocimiento Civil a las Víctimas del Terrorismo a un capitán de Infantería asesinado en el año 1979 por un cabo de su unidad en Ferrol.
El artículo considera que el fallo, más que un reconocimiento, supone una afrenta para los familiares por no reconocer su derecho a indemnización. El Tribunal Supremo no podía conceder la indemnización a la familia porque la Audiencia Nacional ya lo había denegado y la sentencia era firme. El Tribunal Supremo hace lo único que se le pide y que puede hacer. Los que crean el problema son otros: la Administración -Ministerio de Interior- y la Audiencia Nacional.
Es incomprensible que un Gobierno limite arbitrariamente la concesión de las indemnizaciones a las víctimas del terrorismo (sobre todo en lo que se refiere a las víctimas de los convulsos años setenta, para los que la Ley 32/1999 no ha sabido estar a la altura de las circunstancias).
Y es inaceptable la posición de la Audiencia Nacional, que de la misma manera arbitraria concede o deniega las referidas indemnizaciones.
No pretendo una defensa del Tribunal Supremo precisamente estos días, en los que vivimos el espectáculo que está dando nuestra más alta magistratura pretendiendo amnistiar los crímenes de lesa humanidad del franquismo.