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El fiscal del 'caso Gomérez' retira los cargos al ex gerente

Manuel Lorente se enfrentaba a tres años de condena

El Ministerio Fiscal retiró ayer los cargos que le imputaba al ex gerente de Urbanismo de Granada, Manuel Lorente, por la muerte de un trabajador ecuatoriano en el derribo de un edificio de la Cuesta de Gomérez en diciembre de 2004. La fiscalía argumentó ayer en la última sesión del juicio oral que no se puede acreditar que Lorente pudiera controlar desde su cargo en la Gerencia de Urbanismo "la fuente de peligro" del derribo que acabó con la vida del obrero.

De este modo, la fiscalía retira la petición de tres años de prisión y cuatro de inhabilitación que solicitaba para el que fuera número dos de Urbanismo por los delitos de homicidio imprudente y contra la seguridad en el trabajo. A dos más de los nueve acusados que se sentaron en el banquillo inicialmente también les fueron retirados los cargos en contra. Se trata de uno de los responsables de la primera subcontrata y un trabajador de la segunda empresa, que fue la que acometió finalmente el derribo.

La fiscalía retira los cargos a otros dos procesados y rebaja la pena a los demás

Para el resto de acusados la fiscalía ha rebajado las penas aunque asegura que la muerte no se produjo por un accidente fortuito, sino por "una absoluta dejación" en el cumplimiento de las obligaciones de quienes debieron establecer las medidas de seguridad que son además de la coordinadora, la responsable de la empresa contratista, uno de los empresarios de la subcontrata intermedia y el responsable de la tercera.

Asimismo, los dos arquitectos municipales que están acusados también debieron velar por la seguridad, según el Ministerio Público, dada la condición del Ayuntamiento de "promotor" de las obras como ejecutante subsidiario. Todos se enfrentan a una pena de dos años de cárcel, inhabilitación por el mismo tiempo y una multa de 1.440 euros, tras rebajar la fiscal algunas peticiones.

En la vista oral, en el Juzgado de lo Penal 6 de Granada, ha quedado acreditado, entiende la fiscalía, que ni había proyecto técnico, ni plan de seguridad, ni estudio específico que garantizase la obra, aunque son documentos "necesarios y exigibles". La coordinadora responsable así como los técnicos municipales argumentaron que no era necesario plan de seguridad porque se trataba de un derribo de emergencia, algo que no comparte la fiscalía ya que la primera orden de derribo data de 1998 y finalmente el edificio fue derruido en 2004.

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Una "mínima investigación" hubiera bastado para detectar la "fuente de peligro", mantuvo la fiscalía, que no exime de responsabilidad al Servicio de Arquitectura municipal al que le correspondía más que el "mero control administrativo". El pago de indemnizaciones a los familiares del ecuatoriano muerto, que trabajaba sin permiso de trabajo y sin contrato, se realizó antes del juicio.

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