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El Supremo acribilla a Garzón con otra sentencia por sus ingresos

Reprende al Poder Judicial por archivar una denuncia

La Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo ha ordenado al Consejo del Poder Judicial investigar las percepciones económicas del juez Baltasar Garzón durante su estancia en Nueva York, algo que ya estaba haciendo el Consejo a instancias de la Sala Penal del mismo tribunal desde el pasado mes de marzo. La sentencia no tiene consecuencias prácticas pero multiplica el efecto de fuego graneado sobre el juez de la Audiencia Nacional, al tiempo que contabiliza el enésimo varapalo al Poder Judicial de la Sala que preside el magistrado Ramón Trillo.

La sentencia responde a una duplicidad de acciones penales del abogado Arturo Panea contra Garzón, a partir del contenido de un libro titulado Garzón, juez y parte. Su autor, José Díaz Herrera, sostenía que Garzón se habría embolsado 1,7 millones de dólares procedentes del Banco de Santander por sus conferencias, después de haber archivado una querella del fallecido consejero de Banesto, Rafael Pérez Escolar contra el presidente del Santander, Emilio Botín.

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El bufete de Conde

Panea es socio del bufete de José Luis Mazón, defensor del ex presidente de Banesto, Mario Conde, a quien representó ante el Comité de Derechos Humanos de la ONU. En febrero de 2008, Panea presentó una denuncia ante el Consejo del Poder Judicial que el Consejo archivó el 29 del mismo mes. El abogado interpuso entonces una querella ante la Sala Penal del Supremo y después recurrió el archivo de su denuncia por el Consejo.

El pasado 9 de marzo, la Sala Penal se anticipó y archivó la querella de Panea al no apreciar delito en las actividades de Garzón en Nueva York. Sin embargo, el magistrado ponente, Luciano Varela, remitió los hechos al Poder Judicial por si éste apreciaba una falta disciplinaria de Garzón, al no haber notificado supuestamente éste los haberes percibidos por conferencias, además de su sueldo.

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La sentencia conocida ayer se refiere al recurso de Panea ante la Sala de lo Contencioso, que se apunta a la decisión de la Sala Penal, anula el archivo y reprende al Consejo por haberlo acordado sin realizar "una actividad razonable".

La sentencia de lo Contencioso dice que "no prejuzga la veracidad y trascendencia" de los hechos pero les atribuye "una gravedad evidente", que exigía su comprobación. Según la sentencia, aunque la información haya aparecido en un libro, en prensa o en cualquier otro medio, "cualquier persona que tenga conocimiento de una supuesta infracción puede ponerla en conocimiento de quien tiene atribuida la potestad disciplinaria".

Para la Sala de lo Contencioso, "la gravedad inicial queda acreditada por el hecho de que la Sala Penal haya deducido testimonio de los mismos hechos". Sin embargo, la sentencia no menciona que la querella de Panea fue archivada y que buena parte de las afirmaciones del libro contra Garzón han sido descalificadas como "inverosímiles" por la Sala Penal.

Garzón, el pasado marzo.
Garzón, el pasado marzo.CRISTÓBAL MANUEL

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