La Justicia anula el realojo de gitanos en Ponte Caldelas
Tras 15 meses de protestas a pie de calle y desde los despachos municipales, los vecinos y autoridades de Ponte Caldelas se felicitaban ayer por la decisión del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 2 de Pontevedra que anula el realojo de dos familias de etnia gitana en la parroquia de Caritel. El magistrado fundamenta el fallo en que la decisión fue tomada de modo unilateral por el gobierno de la vecina localidad de Poio a pesar de afectar a otro municipio. El alcalde de Ponte Caldelas, Perfecto Rodríguez (PP), hizo pública la sentencia, que estima el recurso contra el acuerdo plenario de Poio.
En aquel pleno de Poio se adjudicaron a las familias gitanas contratos de alquiler en pisos de Ponte Caldelas, dentro de una operación que se enmarcó en el programa de erradicación del chabolismo después de que fueran derribadas, por orden judicial, las chabolas del poblado marginal de O Vao. Perfecto Rodríguez entiende que su homólogo en Poio, el nacionalista Luciano Sobral, se "extralimitó" en sus competencias. Ahora espera que "impere el sentido común y se dé marcha atrás de inmediato a los realojos".
La sentencia no es firme, por lo que la posibilidad de que sea recurrida podría prolongar el proceso durante un año más. Por ello, Rodríguez tiene previsto ponerse en contacto con Sobral a fin de agilizar el proceso y frenar los problemas de convivencia que registra la aldea desde la llegada de los calés. Cada semana se producen concentraciones de vecinos ante la casa de los realojados para exigir su expulsión a gritos. El regidor de Ponte Caldelas se ofrece para mediar ante la nueva Xunta para buscar una solución a la situación.
El fallo recoge que la decisión de trasladar a ambas familias a otro término municipal, en este caso Ponte Caldelas, se tomó "sin contar con la aquiescencia de éste ni con la suscripción de un convenio a tal efecto". La sentencia estima parcialmente el recurso al entender que el acuerdo plenario que resolvió adquirir el inmueble no es contrario a derecho, ya que "puede cumplir otras finalidades".
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