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Las nucleares se quedan sin planes de emergencia

El Tribunal Supremo ha anulado los planes de emergencia de las centrales nucleares españolas al considerar que el Gobierno incumplió la ley por aprobarlos sin consultar a los municipios situados en un radio de 10 kilómetros alrededor de las centrales.

La sentencia da la razón a la Asociación de Municipios en Áreas con Centrales Nucleares (Amac), que recurrió la decisión adoptada por el Gobierno en 2006, en la que se aprobaban los planes de emergencia exterior para casos de accidente.

La sentencia origina un vacío legal porque, por ley, las centrales nucleares no pueden funcionar sin un plan de emergencia y obliga al Ministerio del Interior a actuar con celeridad para suplir el texto anulado.

El fallo de la sala tercera, notificado ayer, rechaza los argumentos del abogado del Estado. Éste sostuvo durante el proceso que dio audiencia a la Federación Española de Municipios y Provincias y que con eso era suficiente. Por el contrario, el Tribunal considera que los directamente afectados son los pertenecientes a la Amac, que están en un radio de 10 kilómetros de las plantas españolas.

La sentencia anula los cinco Planes de Emergencia Nuclear que aprobó el Consejo de Ministros el 9 de junio de 2006.

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