El voto por correo desde el extranjero incluirá una copia del DNI
Los españoles residentes en el extranjero, inscritos en el Censo de Residentes Ausentes, deberán incluir la copia de su DNI, pasaporte o certificado de nacionalidad junto al sobre de votación y el certificado de inscripción en el censo, según instrucción de la Junta Electoral Central. Este requisito entrará en vigor para las elecciones autonómicas en Galicia y el País Vasco que se celebrarán el próximo 1 de marzo.
Con esta medida se refuerza la seguridad del voto para evitar posibles suplantaciones de identidad. Además, se iguala con el procedimiento que se realiza habitualmente en España: si el voto es presencial, se muestra el DNI; y si se vota por correo hay que adjuntar la copia del documento de identificación.
Con esta decisión de la Junta Electoral, el PP ve colmadas algunas de sus demandas y eliminado parte de su resquemor sobre la fiabilidad del voto por correo de los emigrantes o residentes españoles en el extranjero. Así lo reconoció ayer el diputado del PP Celso Delgado, para quien este mandato de la Junta Electoral supone "un triunfo de la democracia". Pero el PP mantendrá su exigencia, en la subcomisión del Congreso que estudia modificaciones de la Ley Electoral, de que los españoles en el extranjero puedan votar en urna en los consulados. El PSOE ya anticipó que no daría tiempo a tener preparada una reforma así para las elecciones gallegas.
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