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Columna
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La defensa y las amenazas

El Consejo de Defensa Nacional reunido en el palacio de la Zarzuela bajo la presidencia de su majestad el Rey aprobó ayer la nueva Directiva de Defensa Nacional, cuya formulación atribuye al presidente del Gobierno la Ley Orgánica 5/2005. Sobre las líneas generales de esta nueva Directiva informó a petición propia ante la Comisión correspondiente del Congreso de los Diputados la ministra Carme Chacón el pasado 25 de noviembre. Entre las novedades de procedimiento figura la de su elaboración que ha sido encomendada a la Comisión Interministerial de Defensa constituida como órgano de trabajo del citado Consejo. En su comparecencia parlamentaria, la ministra se esforzó en resaltar la importancia de la asignatura así como las novedades que incorpora su programa para este cuatrienio. Subrayemos primero la sustitución de la Junta de Defensa Nacional por el nuevo Consejo que se circunscribe ahora a ser un órgano colegiado, coordinador, asesor y consultivo del presidente del Gobierno.

Chacón fue prolija en reseña histórica, pero no sabemos el sentido de nuestra presencia en Afganistán

Pero más allá del itinerario seguido para la formulación y adopción de la nueva Directiva de Defensa Nacional conviene subrayar la finalidad que se atribuye de acercar la defensa a la seguridad al declarar que la política de defensa persigue la protección del conjunto de la sociedad española, de su Constitución -de los valores superiores, principios e instituciones que en ella se consagran-, del Estado social y democrático de derecho, del pleno ejercicio de nuestros derechos y libertades, de la garantía, independencia e integridad territorial de España, y de la paz y de la seguridad internacionales en el marco de los distintos compromisos contraídos por nuestro país. Llegados aquí se impone recordar la literalidad del artículo 8º del título preliminar de la Constitución cuyo apartado señala de qué se componen nuestras Fuerzas Armadas "constituidas por el Ejército de Tierra, la Armada y el Ejército del Aire" y añade que "tienen como misión garantizar la soberanía e independencia de España, defender su integridad territorial y el ordenamiento constitucional".

Es una redacción que ofrece diferencias sustanciales respecto del mero continuismo del régimen anterior, que algunos proclaman. La primera es que excluye de las Fuerzas Armadas a la Guardia Civil y a las Fuerzas de Orden Público. Una novedad básica que deja por primera vez fuera del control militar el orden público, es decir, las libertades públicas. Así lo subrayó el profesor Manuel Ballbé en su libro Orden Público y Militarismo en el sistema constitucional (1812-1983), quien refiere circunstanciadamente cómo a través de todas las quiebras constitucionales producidas desde 1812 se mantuvo una línea permanente que mediante distintos mecanismos dejaba el orden público en manos militares, hasta que llegó la actual Constitución y terminó por primera vez con esa anomalía. La segunda es que al definir las misiones que tienen las Fuerzas Armadas para nada les encomienda que sean ellas las que hayan de definir en qué consiste la soberanía, la independencia, la integridad territorial o el ordenamiento constitucional. Porque delimitar esos conceptos corresponde al Congreso y las Fuerzas Armadas han de actuar en cada momento a las órdenes del Gobierno.

Así que con la nueva Directiva se mantienen las misiones constitucionales de las Fuerzas Armadas a las que se añaden otras nuevas, como queda claro en el artículo 15.3 de la citada disposición, donde se dice que las Fuerzas Armadas, junto con las instituciones del Estado y las Administraciones públicas, deben preservar la seguridad y el bienestar de los ciudadanos en los supuestos de grave riesgo, catástrofe, calamidad u otras necesidades públicas conforme a lo establecido por la legislación vigente y se reafirma que han de contribuir a la preservación de la paz y de la seguridad internacionales. La directiva habla de la defensa pero deja mucho que desear en la descripción de las amenazas y de cómo deben ser enfrentadas.

En definitiva, el paso de la ministra Chacón por la Comisión de Defensa del Congreso siguió la pauta de su antecesor Narcís Serra, quien gustaba de alternar en el Parlamento periodos de sequía informativa con otros de inundación. La ministra fue muy prolija en la reseña histórica de las directivas anteriores, en detallar las competencias y funciones en materia de política de defensa previstas en la Ley Orgánica y en el análisis de las distintas aproximaciones a la seguridad y a la defensa dentro de nuestro entorno internacional más próximo, pero nos hemos quedado sin saber el sentido de nuestra presencia en Afganistán y las pautas previstas para la renovación del Convenio de Defensa con Estados Unidos, un terreno en el que se impone recuperar algunas cesiones de soberanía entregadas por Aznar. Continuará.

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