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El fiscal del Supremo apoya una rebaja general de penas al entorno de ETA

La Audiencia "exasperó" las condenas del 'caso Ekin' hasta el límite permitido

La Fiscalía del Tribunal Supremo ha decidido apoyar parcialmente los recursos de casación de 33 de los 47 condenados en el macrojuicio por el caso Ekin -en el que se juzgaba al llamado entorno de ETA-, al constatar que en la mayoría de las condenas dictadas por la Sección Tercera de la Audiencia Nacional se "exasperó" la pena por delito de integración o colaboración con ETA, llevándolas al límite máximo para esos delitos. Por ello, plantea rebajas de entre el 20% y el 30% de las penas impuestas.

El macrojuicio sobre el caso Ekin, sentenciado hace ahora un año, en diciembre de 2007, sentó en el banquillo a 52 acusados, entre ellos notables dirigentes de la ilegalizada Batasuna. Su importancia radica en que por primera vez se juzgó a responsables del entramado de financiación, relaciones internacionales y medios de comunicación de la banda terrorista. Era lo que el juez instructor de la causa, Baltasar Garzón, denominó gráficamente el "estómago, el corazón y la cabeza de ETA". La sentencia condenó a 47 de los acusados a penas de entre 2 y 22 años de prisión.

Sin embargo, la Fiscalía del Tribunal Supremo ha observado que las penas impuestas por la Audiencia Nacional se han llevado al límite de lo permitido y cree que tal severidad debe reservarse para los casos más graves. En consecuencia, ha propuesto reducciones de dos y tres años para los delitos de integración y colaboración con ETA. El recurso de la Fiscalía del Supremo se sitúa más en la línea de las penas solicitadas en su momento por la Fiscalía de la Audiencia, en tanto que el tribunal impuso en la sentencia las penas solicitadas por la acusación de la Asociación de Víctimas del Terrorismo (AVT), dijeron fuentes fiscales.

En concreto, el fiscal pide reducciones de tres años de pena para 12 de los condenados y de dos años para otros 21. De aceptarse las tesis del fiscal, las condenas más bajas por delitos de integración o colaboración en banda armada quedarían en ocho años, salvo en el caso de la periodista Teresa Toda, para la que se pide una reducción de 10 años a siete.

Las penas más elevadas a imponer por integración en ETA quedarían en 11 años, excepto para Xavier Alegria y Txema Matanzas, para los que el fiscal no aprecia motivos para reducirles la pena de 14 años que les impuso a cada uno la Audiencia como dirigentes de ETA, el primero de ellos "muy cualificado".

Las fuentes consultadas señalaron que la fiscalía del Tribunal Supremo no examina a los acusados, sino la sentencia dictada por la Audiencia Nacional: "Decimos que lo que está en el banquillo no son los acusados, sino la sentencia del caso Ekin y el juicio celebrado en la Audiencia Nacional". En ese examen de los requisitos formales del proceso y de la adecuación de la sentencia a la legalidad, la Fiscalía del Supremo ha estimado que las penas impuestas se han ido al límite superior sin que en la sentencia haya una justificación especial de la gravedad de las conductas. En cualquier caso, además del recurso del fiscal, la AVT pedirá en el Supremo que se mantengan o agraven las penas impuestas por la Audiencia. La vista en el alto tribunal aún no ha sido señalada.

Un caso aparte es el de cinco de los condenados, cuyos recursos apoya totalmente el fiscal y para los que postula la absolución. Se trata de Mario Zubiaga Gárate, Alberto Frías, Sabino Ormazábal, Olatz Altuna y Mikel Aznar, este último, excarcelado anteayer por la Audiencia. Los otros cuatro están en libertad hace tiempo. Éstos aparecen vinculados a la fundación Josemi Zumalabe, un taller de desobediencia civil desde el que se imparten consignas y planes de apoyo a ETA.

Sin embargo, los citados se limitaron a participar en la elaboración de un documento denominado Pitzu sobre desobediencia civil, cuyo planteamiento inicial incluso "suavizaron", lo que, según el fiscal, "pone de relieve que la desobediencia es una actitud que no está sometida a la organización terrorista y que existen colectivos que de conocer esa vinculación no respaldarían las concretas actividades desarrolladas".

Así, al no poder sostenerse datos de que ese tipo de actividades se desarrollen de acuerdo con los criterios y pautas establecidos por ETA, no es posible inferir que los hechos integren el delito de colaboración con la banda.

Macrojuicio por el <i>caso Ekin,</i> conocido como sumario 18/98, celebrado en la Audiencia Nacional a finales de 2007.
Macrojuicio por el caso Ekin, conocido como sumario 18/98, celebrado en la Audiencia Nacional a finales de 2007.POOL

Castigo proporcionado

La reducción de condenas que apoya la Fiscalía del Tribunal Supremo se basa en el principio de proporcionalidad de la pena, que lleva al fiscal a considerar más adecuadas condenas de dos y tres años menos para 33 de los condenados, en una horquilla de entre 8 y 11 años de cárcel.

Entre los dirigentes más significados, el fiscal impugna totalmente el recurso de Xavier Alegria Loinaz, ex portavoz de KAS, condenado a 18 años como "dirigente muy cualificado de ETA" y por insolvencia punible. También el del abogado Txema Matanzas, defensor habitual de etarras y encargado del "frente de makos" (cárceles), condenado a 14 años.

En el caso del ex director de Egin Javier Salutregui, el fiscal valora su estado psicofísico para proponer una reducción de su condena de 12 años a 9. En el caso del fundador de Herri Batasuna José Luis Elkoro, condenado a 22 años, la rebaja apoyada por el fiscal de 12 años a 9 por integración en ETA, dejaría su condena en un total de 19 años. Para el dirigente de HB Mikel Egibar apoya reducciones de pena de 13 a 11 años.

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