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El instructor propone zanjar con multa los errores del juez del 'caso Mari Luz'

El informe rebaja la sanción a Tirado con el argumento de que sus funcionarios no le avisaron de que el agresor estaba libre - El fiscal pide el castigo más alto

El expediente disciplinario abierto en el Poder Judicial contra Rafael Tirado, el juez que no logró encarcelar a Santiago del Valle en 26 meses dándole así tiempo a que acabara supuestamente con la vida de la niña Mari Luz, considera que el magistrado no fue informado correctamente por la secretaria judicial y los funcionarios de su juzgado sobre la situación de libertad en que se encontraba el agresor. Esas son, según el fiscal, las razones que da el instructor para descartar las sanciones más elevadas (expulsión, separación temporal o traslado forzoso) para Tirado y proponer al Consejo una multa de entre 300 y 3.000 euros, al considerarlo autor de una falta grave de retraso en lugar de una muy grave de desatención.

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La posición del instructor -el presidente de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, Wenceslao Olea- contrasta con la del fiscal, que debe informar el expediente disciplinario y hacer su propia propuesta de instrucción. En ella muestra su desacuerdo con Olea, del que afirma que "degrada la gravedad de la desatención del magistrado expedientado" atendiendo a la "falta de dación de cuenta" de la secretaria judicial o de los funcionarios del juzgado, o a que Tirado, nada más conocerse que la sentencia de Del Valle era firme, "hubiese ordenado su ejecución" y "denegado la suspensión" de la condena del agresor de Mari Luz.

"La ejecución de la sentencia y la adopción sin dilación de las medidas necesarias para que el condenado hubiese ingresado en un establecimiento penitenciario (...) es responsabilidad suya [del juez Tirado]", dice el fiscal, que considera que el juez es autor de una falta muy grave de desatención, lo que podría acarrear la sanción de separación definitiva de la carrera judicial, suspensión temporal de hasta tres años o traslado forzoso.

Tirado, según el escrito, vulneró "deberes jurídicos de cuidado que le eran exigibles legal y profesionalmente" y esa vulneración demuestra "una omisión de la diligencia que le era mínimamente exigible", escribe el fiscal.

El instructor, por el contrario, considera que los más de dos años de inacción del juez constituyen únicamente una falta grave de retraso injustificado a la que correspondería una multa de entre 300 y 3.000 euros, según el escrito de la Fiscalía.

Ahora, la decisión corresponde a la comisión disciplinaria del Consejo, que estudiará el caso el próximo 10 de febrero. Sus integrantes -las progresistas Montserrat Comas y María Ángeles García, los conservadores Enrique López y Carlos Ríos, y el vocal de consenso entre PSOE y PP Agustín Azparren- podrían confirmar la propuesta de sanción del instructor y acordar una multa o devolver el expediente al instructor para que lo vuelva a entregar con un nuevo pliego de cargos que proponga la expulsión definitiva de la carrera, el traslado o la suspensión.

En cualquier caso, la respuesta definitiva podría dilatarse más allá del mandato de los actuales vocales que, según PSOE y PP, podrían ser sustituidos antes del final de septiembre. En caso de que se apruebe la propuesta del instructor, el fiscal podría recurrir la decisión al pleno con la consiguiente demora. Lo mismo ocurriría si deciden devolver la propuesta. Sea este Consejo o el siguiente el que la tome, la decisión definitiva deberá llegar antes del 6 de octubre, fecha en que prescribe el expediente.

Posiciones enfrentadas

- El instructor. Considera a Tirado autor de una falta grave de retraso castigada con multa de entre 300 y 3.000 euros y lo justifica porque la secretaria judicial y los funcionarios no avisaron al juez de la situación de libertad en la que se encontraba el presunto asesino de Mari Luz, Santiago Del Valle. También tiene en cuenta que el magistrado "con inmediatez a la firmeza de la sentencia hubiera ordenado su ejecución y denegado la suspensión de las penas".

- El fiscal. Cree que el magistrado es autor de una falta muy grave de desatención castigada con suspensión de empleo de hasta tres años, el traslado forzoso o la separación definitiva de la carrera. "La ejecución de la sentencia y la adopción sin dilación de las medidas necesarias para que el condenado hubiese ingresado en un centro penitenciario" era responsabilidad del juez, afirma el fiscal en su escrito.

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