Los jueces anulan el cese de un alto cargo del Gobierno catalán
El Gobierno catalán destituyó a Xavier Hernández de su cargo de director de la Agencia Catalana de Protección de Datos (ACPD) el 31 de mayo de 2005. Hernández, ex consejero de Educación en el periodo de CiU y militante de Unió, fue destituido de su cargo siguiendo los mecanismos que se usan con los cargos de confianza. Pero el primer Gobierno tripartito se excedió al destituir a Hernández como director de la Agencia Catalana de Protección de Datos. Así lo ha resuelto el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC), que ayer hizo pública la sentencia que anula este cese. El Tribunal no sólo considera ilegal la destitución de Hernández, sino que además ha acordado que la Generalitat lo indemnice con 40.000 euros por daños y perjuicios.
El TSJC indica que la cartera de director de la agencia no es de confianza política, a pesar de ser un alto cargo, por lo que su cese es responsabilidad del consejo asesor de la agencia tal como indica la normativa de esta entidad. El fallo apunta que el acuerdo del Gobierno decidió el cese de Hernández "por incumplimiento de sus funciones, sin concretar la conducta que constituyó tal inobservancia de sus atribuciones".
Sin el porqué del cese
En los informes del procedimiento de cese, "no se describe qué concreta función de las encomendadas al director de la agencia fue incumplida", un aspecto que, al parecer de los jueces, resulta imprescindible para proceder al cese de las funciones de un cargo de esas características. "Este incumplimiento debía estar acreditado y motivado" al no ser la agencia un órgano cuyo titular no es un cargo de confianza que puede ser designado o destituido de su función, según el fallo. "El director de la agencia es un alto cargo, pero no un cargo de confianza del Consejo Asesor", como "erróneamente se califica" en los informes que precedieron al despido.
El TSJC recuerda que la agencia es de naturaleza "independiente", que "no se encuentra vinculado por los mandatos de ninguna Administración Pública". Entre los "defectos formales", destaca que el afectado sufrió una situación de "indefensión" porque no se le permitió replicar tras comunicarle las razones por las que "se le separó" de la dirección de la agencia.
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