José Luis Baltar niega que Esgos clasificara como urbanizables sus fincas rústicas
El presidente de la Diputación de Ourense, José Luis Baltar, dice que hay "evidencia de falsedad" en algunos datos de la información publicada en este diario el 8 de junio pasado sobre la calificación de sus fincas. Baltar considera "simplemente falso" el titular de la noticia que decía que el ayuntamiento de Esgos "recalificó como urbanizables varias fincas rústicas" de su propiedad. El documento, aprobado sólo con los votos del PP (en el ayuntamiento presidido por su cuñado y en el que su hijo es teniente de alcalde), "clasificaba", dice Baltar, "la mayor parte de mis fincas rústicas como área de expansión del núcleo rural de As Vendas".
Afirma que el informe de la Dirección Xeral de Urbanismo "consideró correctamente delimitada el área de expansión del núcleo de As Vendas" y que valoró como "correcta" la clasificación de "suelo rústico de protección de infraestructuras derivadas de la política energética" de los terrenos en los que pensaba instalar una central fotovoltaica. Entiende Baltar que esto es así porque la dirección xeral "únicamente" indica que ese ámbito se debe clasificar como suelo rústico de protección forestal. Reconoce que la Xunta le plantea que debe establecerse una protección a mayores, "compatible con la original". Señala que es falso que el alcalde pretendiera completar la recalificación urbanística del núcleo rural de Folgoso: "Sólo pretendía delimitar el núcleo rural existente", afirma. El alcalde de Esgos, Manuel Blanco, sostiene también que no ha modificado ningún acuerdo plenario para favorecer a su cuñado.
En el planeamiento aprobado en Esgos no figura el término "urbanizable" para definir las fincas de Baltar. Aparecen como "área de expansión del núcleo rural de As Vendas", lo que le concede la posibilidad de edificar, elevándolas de suelo rústico a lo que se entiende por "urbanizable". La Xunta señala que la pretendida expansión de As Vendas "debe ser clasificada como suelo rústico de especial protección", exento de procesos de urbanización. Sobre la clasificación como "rústico de protección de infraestructuras derivadas de la política energética" de otras fincas de Baltar, la Xunta destaca que para aprobarla se precisa "una declaración de protección forestal" que no existía, por lo que no se le concedió.
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