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Reportaje:

Una libertad razonada, no razonable

Varios juristas discrepan de la puesta en libertad del 'cerebro' del 'caso Malaya'

Juana Viúdez

La puesta en libertad del máximo imputado en el caso Malaya, Juan Antonio Roca, tras pasar dos años en prisión preventiva, ha generado un debate sobre lo acertado de la medida adoptada por el juez Óscar Pérez. El magistrado, titular del juzgado número 5 de Marbella (Málaga) tenía en su mano haber aceptado la petición fiscal de prorrogar dos años más su encarcelamiento, por la existencia de un elevado riesgo de fuga y la sospecha de que conserva fondos en paraísos fiscales.

Roca, protagonista de la mayor trama de corrupción municipal en la historia de España, pisó la calle el lunes tras pagar un millón de euros y con la condición de someterse a unas férreas medidas cautelares. EL PAÍS ha consultado a diversos juristas sobre la decisión judicial. Varios de los entrevistados coinciden en que habrían prolongado la prisión provisional de Juan Antonio Roca. Hoy por la tarde se celebra en Marbella una concentración vecinal, apoyada por los partidos políticos, para rechazar su excarcelación.

DIEGO MARTÍN REYES "Me pone los pelos de punta pensar en una fuga"

"El auto es impecable en cuanto a razonamientos, pero me pone los pelos de punta pensar que el riesgo de fuga es altísimo y que el propio juez afirma que gran parte de su patrimonio está fuera del país. No se han asegurado las responsabilidades civiles y se facilita a este señor una posible fuga y el vivir con el patrimonio que tiene descontrolado. Podría haber prolongado la prisión preventiva, porque está previsto en la ley, y acelerado la celebración del juicio. Hubieran sido unas medidas mucho mejor comprendidas".

GERARDO RUIZ-RICO "Demasiado favorable"

"Se podría haber dictado una prórroga de la prisión provisional, ya que existe un riesgo evidente de fuga, que el juez ha valorado quizás de forma demasiado favorable al derecho de libertad del procesado, cuando hay argumentos de peso para sospechar que intente eludir la acción de la justicia. Entiendo que el comportamiento de Roca en otros procesos de menor gravedad no es un indicio aceptable para suponer que en adelante va a actuar de la misma manera. Nuestro ordenamiento jurídico proporciona al juez un margen de interpretación bastante amplio. El magistrado lo ha utilizado para dictar un auto razonado, aunque posiblemente no razonable".

JUAN JOSÉ MARTÍNEZ ZATO "Con la petición fiscal"

"Llama la atención que el juez decrete la libertad y sin embargo razone que existe un fuerte riesgo de fuga. La decisión entra dentro de sus facultades, pero yo estoy más con la postura del fiscal. Creo que la prórroga de la prisión provisional sería lo aconsejable en este supuesto. La Audiencia Provincial, en el recurso, ya dirá lo que tenga que decir, pero el juez tampoco debe alarmarse por las reacciones. Un auto se hace público y es susceptible de interpretación, de crítica, de oponerse radicalmente o de aplaudirlo. Depende de los casos".

ALEJANDRA GÓMEZ CÉSPEDES "Sensación de impunidad"

"Los delitos económicos deberían considerarse en España de especial gravedad, pero en la conciencia social, judicial y política todavía no ocupan este lugar. Va a pasar mucho tiempo hasta que la sociedad lo entienda, hasta entonces va a existir una sensación de impunidad como la que está creando la salida de este hombre".

JOSÉ LUIS DÍEZ RIPOLLÉS "Decisión discrecional

"La prisión preventiva no está para mantener encarcelada a la gente por estar acusada de un delito muy grave, sino para asegurar que se va a celebrar el juicio, y en algunos pocos casos, para evitar que el acusado continúe cometiendo delitos. El riesgo de fuga es una razón por la que se puede mantener. Parece ser que el juez considera que el riesgo de fuga no es tan grande. En todo caso se trata de una decisión discrecional, ya que ha valorado muchos elementos".

MANUEL TEROL "Carácter excepcional"

"El juez debe decidir sobre este asunto aún en contra del ministerio fiscal. Si el auto está motivado no tengo nada que decir. La prisión preventiva tiene un carácter cautelar y excepcional, debe concurrir circunstancias excepcionales para que se ordene y para que, una vez cumplido el plazo máximo, se prorrogue. El Tribunal Europeo de Derechos Humanos se ha pronunciado muchas veces con respecto a Bélgica, donde hacían un uso excesivo de ella".

MARÍA LUISA BALAGUER "Alarma social"

"Tenemos una Constitución con muchas garantías para los procesados con la idea de evitar errores judiciales. Los constitucionalistas seguimos pensando que esto está bien, salvo alguna situación particular, como la de este señor. El sistema no está diseñado únicamente para los delitos del caso Malaya, sino para todos. La situación de Marbella crea mucha alarma social. La única solución es la prudencia que pueda tener el juez y el propio comportamiento del acusado. Legislar a instancias de un ejemplo reduce a categoría de anécdota lo que tiene que ser un modelo general. Un modelo muy conservador serviría para restringir las libertades".

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Sobre la firma

Juana Viúdez
Es redactora de la sección de España, donde realiza labores de redacción y edición. Ha desarrollado la mayor parte de su trayectoria profesional en EL PAÍS. Antes trabajó en el diario Málaga Hoy y en Cadena Ser. Es licenciada en Periodismo por la Universidad Complutense y Máster de periodismo de EL PAÍS.

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