La Fiscalía acusa al alcalde de Tolox de 23 delitos
La Fiscalía malagueña ha acusado al alcalde de Tolox, Juan Vera, de Convergencia Andaluza, de 23 delitos urbanísticos por licencias de obra concedidas entre 2004 y 2006 para la construcción de más de 2.000 viviendas presuntamente ilegales, al ubicarse en terreno no urbanizable. Por cada uno de estos delitos, el alcalde podría ser condenado a penas que oscilan entre uno y dos años de cárcel e inhabilitación de cargo público de hasta 10 años, según informaron fuentes de la acusación.
Cada caso se juzgará por separado en Málaga. El alcalde se enfrentará a una pena de dos años de cárcel en 14 procedimientos y de un año en nueve, añadieron las fuentes citadas. Junto al primer edil, en algunos casos, se sentarán en el banquillo de los acusados el arquitecto municipal y un asesor jurídico, que supuestamente orientaba al alcalde para autorizar las licencias, pese a que éstas no se ajustaban a la legalidad vigente, informaron fuentes de la acusación.
En algunas de las acusaciones también está imputada la secretaria municipal porque supuestamente podría haber informado favorablemente de algunas licencias de obra. En una de las calificaciones, el fiscal pide un año de cárcel y 10 de inhabilitación para empleo o cargo público para el alcalde por un presunto delito de ordenación contra el territorio.
Licencia de obras
En el mencionado escrito, la Fiscalía, que también pide 10 meses de prisión y ocho de inhabilitación para el arquitecto municipal Juan Antonio Benítez y para el asesor jurídico Diego José Sánchez, considera que Vera concedió por decreto una licencia de obras en enero de 2006, a pesar de constarle que no se ajustaba a la legalidad urbanística.
Presuntamente, los acusados, de común acuerdo y con objeto de proceder al crecimiento urbanístico de Tolox "sin respetar las normas urbanísticas vigentes", realizaron un expediente municipal de licencia de obras para la construcción de 772 apartamentos. Para ello, el arquitecto municipal formuló en diciembre de 2005 un informe técnico favorable a la ejecución de las obras, "a pesar de constarle que las mismas no se ajustaban a la legalidad urbanística" del municipio, enmarcada en la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía, ya que Tolox carecía entonces de Plan General de Ordenación Urbana (PGOU).
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