El padre que logró la tutela de sus hijos no tiene orden de alejamiento
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha aclarado que, cuando el Juzgado de Instrucción número 1 de Cazorla (Jaén) otorgó a un padre, en sentencia de 28 de junio de 2007, la guardia y custodia de dos hijos de 9 y 16 años, no había en vigor orden de alejamiento alguna de su ex pareja, ya que se había archivado. El padre vive en Cazorla (Jaén) y la madre en Torrevieja (Alicante).
La sentencia otorga la custodia al padre porque la madre incumplió reiteradamente el régimen de visitas. Ésta esgrime que sufre fibromialgia, enfermedad que le impide conducir más de una hora. El fiscal informó a favor de que la tutela se entregara al padre, añade el TSJ. El fallo ha sido recurrido, pero el padre pidió la ejecución provisional. La Guardia Civil recogió ayer en Torrevieja al niño. La niña ya vivió un tiempo con su progenitor.
El tribunal también aclaró que el 1 de abril está previsto un juicio en Jaén por una denuncia de violencia doméstica presentada en 2003 por la mujer a su ex marido.
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