Comienza el juicio del 'caso bórico' sin rastro de ETA
Los policías acusados se amparan en la 'doctrina Botín'
Los jefes policiales que corrigieron un informe firmado por tres peritos donde se pretendía vincular a ETA con el 11-M sin ninguna base científica se sentarán a partir de mañana en el banquillo. El informe que tuvieron que corregir los cargos policiales aventuraba que el hallazgo de ácido bórico en la vivienda que ocupaba Hassan el Haski podía apuntar a que este terrorista islamista, condenado a 10 años de cárcel, tenía relaciones con ETA pues en un piso franco de etarras en Salamanca se halló, años antes, la misma sustancia.
Nunca hasta entonces se había vinculado el ácido bórico con explosivos en los informes periciales sobre terrorismo. Aunque los inquilinos del piso de El Haski explicaron que esa sustancia la usaban como matacucarachas, y aunque el ácido bórico encontrado en el piso etarra estaba "lleno de pelos" (pues también se usa como desodorante), los peritos escribieron en su informe una elucubración sobre los posibles vínculos entre ETA y el 11-M a partir de este hallazgo. Los jefes policiales del departamento -que dirige el comisario Miguel Ángel Santano- no dejaron pasar la ocurrencia y la borraron del informe que se remitió al juez al entender que esa apreciación carecía de base.
A raíz de ese hecho, que los peritos dieron a conocer más de un año después, una acción popular representada por una asociación subvencionada por el Gobierno de Esperanza Aguirre impulsó el caso en un juzgado de Madrid, cuya titular, Gemma Gallego, aspira a ocupar un puesto en el Consejo General del Poder Judicial a propuesta del PP. Los medios que han aireado la teoría de la conspiración del 11-M insistieron en presentar este asunto como una supuesta prueba de la implicación de ETA en el 11-M.
La vista llega a menos de un mes de las elecciones y ha suscitado críticas en medios judiciales y políticos, ya que contraviene la costumbre de los tribunales de no interferir con sus resoluciones en la marcha de los comicios. Desde que el juez Marino Barbero instruyó el caso Filesa a golpe de elecciones, ganándose por ello severos varapalos del Tribunal Supremo, no se habían vuelto a juzgar casos controvertidos que pudieran incidir en la campaña.
La defensa de los policías encausados planteará como cuestión previa la aplicación de la doctrina Botín elaborada por el Tribunal Supremo el pasado diciembre a propósito del caso de las cesiones de crédito del Banco de Santander. El presidente del banco, Emilio Botín, se libró del juicio al retirar la acusación contra él tanto el fiscal como la acusación particular, y quedar como única acusación la acción popular. La doctrina sentada en aquella sentencia interpretó que debe procederse al archivo de las actuaciones cuando la acusación popular no vaya acompañada de la particular o del ministerio fiscal.
En el caso del ácido bórico, tanto el fiscal como el abogado del Estado no ejercen la acusación y han pedido el sobreseimiento de la causa. Por tanto, la única acusación que ha permitido a la juez Gemma Gallego sentar a los policías en el banquillo ha sido la de una asociación de víctimas vinculada a Esperanza Aguirre.
Tras la sentencia del caso Botín, el pleno de la Sala Penal del Supremo reinterpretó esa doctrina al juzgar el caso Atutxa, en el que condenó al presidente de la Cámara vasca, Juan Maria Atutxa y los miembros de la Mesa Gorka Knörr y Kontxi Bilbao por desobediencia. El tribunal adelantó el fallo de aquella sentencia, pero los fundamentos de derecho aún no se conocen.
Ésa es otra de las críticas que se dirigen a la actuación de la Sección 15ª en el caso del ácido bórico. El tribunal podría haber suspendido o aplazado la celebración de la vista hasta que se conozcan la sentencia del Supremo sobre el caso Atutxa, puesto que completa la doctrina del caso Botín y permitiría disponer de todos los criterios sobre su aplicación. Sin embargo, el mantenimiento de la fecha de la vista parece confirmar que los magistrados no tendrán en cuenta las limitaciones con que el Supremo puede restringir la acción popular.
Pese a ello, las defensas pedirán que la cuestión previa sobre la aplicación de la doctrina Botín se resuelva en el acto, sin aplazar la decisión al momento de la sentencia. De no estimarse la cuestión, la cúpula policial deberá afrontar tres días de banquillo por un supuesto delito de falsedad. El Supremo ya sentenció en el caso Bono, en el que otra sección de la Audiencia de Madrid condenó a tres agentes de policía, que la sustitución de un atestado por otro sustancialmente igual no fue delito, puesto que para que se dé el delito de falsedad en documento oficial debe alterarse la esencia, la sustancia, o la autenticidad del documento en sus extremos esenciales como medio de prueba.
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