EA defiende que el decreto de Olano es inconstitucional
Se acoge a un fallo del alto tribunal sobre el decreto-ley
Eusko Alkartasuna está armándose con argumentos para tratar de neutralizar la pretensión del diputado general de Guipúzcoa, el peneuvista Markel Olano, de imponer vía decreto un tipo del 28% en el impuesto de sociedades de esta provincia, para armonizarlo con el aprobado en Álava y Vizcaya.
EA está dispuesto a plantar batalla para impedir que su socio en el gobierno foral haga uso de esta argucia legal para aprobar un tipo de gravamen que no puede conseguir por el trámite reglamentario de las Juntas Generales, donde el PNV no cuenta con los apoyos suficientes.
El tipo general del impuesto debe fijarse por norma foral, dice EA
Tras rastrear en la jurisprudencia, EA se aferra a una sentencia del Tribunal Constitucional para argumentar que el decreto foral-norma anunciado por Olano es "inconstitucional". Un fallo de este Tribunal (182/1997, de 28 de octubre), referido a los "límites materiales del decreto-ley", asegura en uno de sus fundamentos jurídicos que "conforme a la propia literalidad del artículo 31.1 de la Constitución queda claro que el decreto-ley no podrá alterar ni el régimen general ni aquellos elementos esenciales de los tributos que inciden en la determinación de la carga tributaria", y menciona los siguientes: el hecho imponible, los sujetos pasivos, la base imponible o el tipo de gravamen.
La citada sentencia declara "inconstitucional" un decreto-ley del Gobierno central, dictado en 1992, por el que se establecía "un incremento de las tarifas o escalas de tipos de gravamen aplicables a las bases imponibles del IRPF, y, por ende, modifica sustancialmente el montante de la carga tributaria que deben soportar los contribuyentes sujetos a dicho impuesto, supone una alteración sustancial de la posición de los ciudadanos en el sistema tributario".
EA en el gobierno foral, que ostenta la cartera de Hacienda, considera que este pronunciamiento es válido también para los decretos forales-norma, como el que pretende aprobar Olano. Además, este partido recuerda que la norma foral general tributaria de Guipúzcoa, en su artículo 7, plantea una salvaguarda por la que la fijación del tipo de gravamen de los impuesto se regularán "en todo caso" por norma foral.
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