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Predecentes de recusaciones de todos los jueces a la vez

La convocatoria de un Pleno de 10 magistrados en el que cinco de ellos están recusados e inevitablemente participarán en el enjuiciamiento de sus propias recusaciones y las de los demás, no tiene precedentes. Como dice el propio presidente convocante, es absolutamente innovadora, no tiene base legal precisa y contradice el criterio seguido en otras ocasiones. Pero tiene cierta apoyatura que el propio presidente enventual apunta en su escrito.

Vicente Conde señala que el propio Tribunal ya ha rechazado de plano recusaciones que afectaban a todos sus miembros, mediante una decisión de los mismos magistrados recusados. El escrito menciona al respecto los números de cuatro recursos de amparo en que el recurrentes recusó a todos los jueces del Tribunal.

Pero además, una solucicón de ese tipo se aventuró en en pleno gubernativo celbrado en 20 de marzo 1986 -el escrito no recoge más datos- y en el reciente auto del pasado 16 de octubre que estimó las abstenciones de la presidenta María Emilia Casas y el vicepresidente Guillermo Jiménez. Conde reconoce que en cada uno de esos casos se establecía como límite el de que las abstenciones y recusaciones no impidieran el funcionamiento del Tribunal. La aplicación de esa doctrina según Conde, descansa en que pueden existir casos en que el tribunal deba constituirse "con la integración de magistrados recusados".

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