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El Supremo avala la segunda condena al preso Parot por pertenecer a ETA

El Tribunal Supremo bordeó ayer el principio jurídico de que nadie puede ser condenado dos veces por los mismos hechos y confirmó la condena de 11 años de prisión que la Audiencia Nacional impuso al etarra Henri Parot por pertenencia a banda terrorista, delito por el que ya fue condenado en su día.

Parot, que fue jefe del comando Argala o itinerante de ETA, fue condenado en 26 ocasiones por numerosos asesinatos (26 consumados y 166 frustrados) a un total de 4.797 años de prisión y lleva en la cárcel desde el 7 de abril de 1990. Sin embargo, el etarra no podía permanecer en prisión más de 30 años y eso después de aplicarle la doctrina que el Supremo estableció en su día sobre aplicación de las redenciones penitenciarias.

La nueva condena es muy importante, porque Parot tendrá que cumplirla íntegramente -además de los 30 años a los que ya estaba condenado- y porque el Supremo ha establecido que los terroristas pueden ser condenados una segunda vez por el mismo delito de pertenecer a una banda terrorista.

Mismo delito, hechos nuevos

La defensa había alegado que la pertenencia a banda terrorista es un delito permanente y que Parot nunca había dejado de ser de ETA, por lo que no podía ser condenado otra vez por los mismos hechos. Pero el tribunal, siguiendo el criterio del fiscal, ha estimado que no se trata de los mismos hechos, sino del mismo delito, y que tras la primera condena se produjo un hecho nuevo que consistió en que Parot escribió una carta a la dirección de ETA en la que reclamaba más dureza en los atentados y que se atacase "objetivos más vitales para el Estado", como las Bolsas, el Banco de España o la Audiencia Nacional.

Aunque la sentencia sobre la doctrina Parot fue recurrida ante el Constitucional, y este tribunal no se ha pronunciado sobre la constitucionalidad de la interpretación del Supremo, todo parece indicar que el sanguinario terrorista no podrá salir de prisión hasta el año 2031.

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