El PP recurre ante el Constitucional la ley que le impide controlar el alto tribunal
La norma prorrogó el mandato de la presidenta hasta enero, fecha de la próxima renovación
El PP presentó ayer un recurso de inconstitucionalidad contra la reforma de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional (LOTC) que le privó del control de ese alto tribunal el pasado 24 de mayo al establecer la prórroga del mandato de su presidente -en este caso de la progresista María Emilia Casas- hasta el próximo nombramiento de magistrados, que tendrá lugar en enero. El voto de calidad de la presidenta será decisivo en caso de empate entre conservadores y progresistas en otros recursos de gran trascendencia política, como el del Estatuto catalán.
El recurso del PP impugna el artículo 16.3 de la LOTC, en donde, mediante enmienda pactada por todos los grupos salvo el PP y el PNV, se introdujo la prórroga del mandato del presidente y el vicepresidente del Constitucional en caso de que su final no coincidiera con el nombramiento de nuevos magistrados. "Si el mandato de tres años para el que fueron designados como presidente y vicepresidente no coincidiera con la renovación del Tribunal Constitucional, tal mandato quedará prorrogado para que finalice en el momento en que dicha renovación se produzca y tomen posesión los nuevos magistrados", dice el inciso final de ese artículo.
El precepto, muy discutido durante su tramitación parlamentaria y al que los populares llegaron a calificar de "cacicada legislativa", vino a dar rango legal a una costumbre muy arraigada en el alto tribunal y que pretendía evitar que los nuevos magistrados tuvieran un presidente elegido en parte por los recién cesados. Los magistrados del Constitucional tienen un mandato de nueve años y el tribunal, formado por 12 miembros, se renueva por tercios cada tres. Tres años es también la duración del mandato del presidente, elegido entre los magistrados.
El PP considera que convertir en ley la prórroga de la presidencia vulnera frontalmente el artículo 160 de la Constitución, que establece que "el presidente del Tribunal Constitucional será nombrado entre sus miembros por el Rey, a propuesta del mismo Tribunal en pleno y por un periodo de tres años". El recurso asegura que ese plazo no puede ser modificado o ampliado mediante una norma con rango de ley, ya que el precepto constitucional establece "un tiempo delimitado y conceptualmente unívoco", según el escrito.
"Los miembros del tribunal, los que lo compongan en cada momento, deben elegir un presidente cada tres años", mantienen los populares en su recurso. "El legislador no puede sustraer al pleno del Tribunal esa competencia constitucional, como no podría tampoco, por ejemplo, limitarla fraccionando los tiempos de mandato o restringiendo el número o nombre de los elegibles", continúa el escrito.
El tribunal, aunque indirectamente, ya ha debatido este asunto. El pasado 4 de julio, dos magistrados conservadores, Roberto García Calvo y Jorge Rodríguez Zapata, propusieron que el pleno del Constitucional debatiera si María Emilia Casas debía continuar como presidenta a pesar de que así lo establece la ley. Esa ofensiva contra la nueva ley del tribunal fracasó por diez votos a dos. García Calvo y Rodríguez Zapata ni siquiera contaron con el apoyo de los otros cuatro magistrados propuestos por el PP.
El recurso también carga contra la capacidad de propuesta de magistrados que la reforma legal dio a los Parlamentos autónomos. "Los magistrados propuestos por el Senado serán elegidos entre los candidatos presentados por las Asambleas Legislativas de las comunidades autónomas en los términos que determine el Reglamento de la Cámara", establece el inciso final del artículo 16.1 de la LOTC.
Perversión constitucional
Esa disposición, según el recurso del PP, resta competencias constitucionales al Senado al limitar los candidatos entre los que puede elegir miembros del alto tribunal. "Que el legislador ordinario modifique la estructura del Estado, atribuyendo a los Parlamentos autónomos una intervención decisiva en una atribución del Senado pervierte de raíz el modelo constitucional y abre perspectivas insólitas para la progresiva sustitución de los poderes del Estado por las instituciones autonómicas y para la autodisolución misma de los órganos de representación nacional", afirma el documento.
El portavoz parlamentario del PSOE, Diego López Garrido, calificó de "poco consistente" y "carente de base jurídica" el recurso del PP, al entender que "es de sentido común" que las comunidades puedan participar en el Tribunal Constitucional. IU, por su parte, encuadró la impugnación en "la obsesión del PP frente al Estatuto de Cataluña", según la interpretación de su coordinador general, Gaspar Llamazares.
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