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Los fiscales y el juicio paralelo sobre el 11-M

El día 12 de este mes de junio, durante el desarrollo del juicio oral en que se depuran las responsabilidades penales derivadas de la matanza del 11-M, se produjo un incidente entre el presidente del tribunal y una fiscal que me siento obligado a comentar. Difícilmente me pueden ser ajenas las relaciones entre jueces y fiscales. Es inevitable que pese sobre mí el hecho de que fui fiscal durante más de treinta años y magistrado cerca de dieciocho. Desde ahora adelanto que la noticia de lo ocurrido me ha llegado a través de los medios de comunicación, si bien la visión de las imágenes y la audición de las palabras por la televisión pueden haber completado lo que he leído en la prensa y aproximar mi conocimiento de los hechos al de un testigo presencial.

Ese día, la fiscal estaba terminando de exponer sus conclusiones definitivas y acababa de mencionar, visiblemente emocionada, nombres de víctimas del atentado. Quiso aludir entonces a la conducta que han tenido a lo largo del proceso algunos periodistas que no identificó, de los que dijo, deduciéndolo de la forma como han tratado a las víctimas, que carecen de la altura y grandeza propias de una profesión tan importante en la sociedad democrática. En ese momento, el presidente la interrumpió diciendo que tales palabras excedían los límites de un informe jurídico y, como la fiscal replicase haciendo referencia a "cosas" que se han publicado, seguramente para justificar lo que se proponía decir, el presidente la cortó de nuevo con el argumento de que en la sala no hay tiempo para reproches. Creo que esta actuación del presidente de Tribunal -que por lo demás, ha dirigido los debates de un juicio extraordinariamente complejo con encomiable energía y prudencia- vulneró el derecho de la fiscal a seguir haciendo uso de la palabra y obstaculizó el presumible ejercicio de funciones que la Constitución encomienda al Ministerio Fiscal.

Era fácil adivinar cómo iba a continuar la exposición de la fiscal: se había referido al comportamiento de ciertos periodistas y es evidente que algunos profesionales de la información se han entrometido en el proceso de forma intolerable. El presidente pudo, pues, imaginar sin riesgo apenas de equivocarse que la fiscal se disponía a hablar del juicio paralelo que se ha ido publicando desde poco después del atentado en medios de comunicación -en extraña sintonía con el Partido Popular- para los que ciertamente el dolor y la dignidad de las víctimas, ofendidas unas e instrumentalizadas otras, ha parecido significar bien poco. Un juicio paralelo confeccionado con sospechas sin fundamento, con datos falsos o irrelevantes, con descalificaciones de la imparcial y meticulosa labor del juez instructor y de los fiscales que han trabajado a su lado, con descabelladas acusaciones a la policía judicial -recuérdese la infame insinuación del traslado de los cadáveres de los terroristas a Leganés-, con algún testimonio capaz de cubrir de vergüenza al que lo prestó, con despectivos comentarios sobre informes periciales emitidos con científica honradez, con insultos soeces cuando al "investigador" de turno le ha parecido ser éste el medio más directo de convencer o movilizar a su público, etcétera.

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Siendo así, ¿no tenía la fiscal el derecho de hablar de estas "cosas", al menos de la estrategia difamatoria con que se ha intentado desautorizar la instrucción del sumario? ¿Se podía decir, para negarle ese derecho, que estaba traspasando los límites de un informe jurídico? ¿Era posible que en el informe de la acusación pública no se hiciese referencia a las mentiras con que, desde fuera del proceso, se ha pretendido ocultar o desvirtuar su objeto? La respuesta a estas preguntas no debe parecer dudosa a un jurista. Pero hay que añadir que, reduciendo al silencio a la fiscal no sólo se le cercenó un derecho, sino que se le cerró el paso para el cumplimiento de un deber.

En Art. 124.1 CE atribuye al Ministerio Fiscal, entre otras misiones, las de "velar por la independencia de los Tribunales y procurar ante éstos la satisfacción del interés social". Proyectado este mandato sobre la situación creada por el juicio paralelo en el caso 11-M, es evidente que el Ministerio Fiscal no puede quedar silencioso. Probablemente un juicio paralelo como éste merece una reflexión sobre la necesidad de arbitrar

Pasa a la página siguientemedios legales capaces de evitar en el futuro hechos semejantes. Pero, con independencia de ello, es claro que los fiscales no deben dejar de denunciar, al evacuar los trámites que les incumben en el proceso, unos acontecimientos contrarios a la independencia judicial y lesivos para intereses sociales de suma importancia.

Un juicio paralelo al judicial es siempre una anomalía en tanto los que lo promueven asumen, de modo irresponsable y con escasa solvencia, funciones técnicas reservadas a un poder del Estado. Pero cuando alcanza tal intensidad y amplitud que cuestiona aspectos esenciales de la actividad judicial, se prolonga durante años y se orienta claramente a sustituir el esclarecimiento de la verdad por el establecimiento de una "contraverdad" favorecedora de intereses que nada tienen que ver con la correcta administración de justicia, el juicio paralelo se convierte en un ataque manifiesto a la independencia de los tribunales. Porque su resultado es la aparición de una opinión pública manipulada que no confía en las instituciones y que ejerce una indeseable presión sobre quienes, en el momento de juzgar, tienen que estar libres de cualquier condicionamiento que pueda afectar a su imparcialidad.

Por otra parte, esa pérdida de confianza a que me refiero, presente en eslóganes como el de "queremos saber", tan profusamente utilizado en los últimos tiempos, lesiona un interés social cuyo valor no siempre se tiene en cuenta suficientemente: el de que los ciudadanos de una sociedad democrática confíen en sus jueces. A diferencia de los conflictos políticos, cuya solución es siempre transitoria porque está en función de la variable adhesión que prestan los ciudadanos a las distintas fuerzas en presencia, la solución de los conflictos en sede jurisdiccional tiene una indiscutible vocación de permanencia. Los conflictos que se traban entre particulares, entre éstos y la Administración pública o entre el Estado y los presuntos responsables de un hecho delictivo -que son los que dan lugar al proceso penal- se resuelven en términos jurídicos, decidiéndose de qué lado está el derecho y de qué lado no lo está, por lo que la contienda debe quedar definitivamente pacificada. Pero, para que esto sea posible, es imprescindible que los ciudadanos confíen en los jueces.

De ahí la gravedad de la conducta de los que, ante un proceso penal que no discurre por cauces acordes con sus prejuicios o intereses, se dedican desde los medios de comunicación u otras tribunas a poner en cuestión la imparcialidad o competencia del instructor que investiga los hechos, de los fiscales que colaboran con él y de los que realizan, bajo la dirección de aquéllos, las funciones policiales y periciales pertinentes. Dicha conducta opera en un sentido diametralmente opuesto al interés social de que a los jueces les rodee un clima de confianza para que los conflictos que resuelvan queden realmente pacificados.

Recapitulemos todo lo dicho y pongámoslo en relación con el incidente que nos ha servido como punto de partida. No conviene que le demos escasa importancia. El Ministerio Fiscal -no descubro nada, sólo recuerdo lo sobradamente sabido- es formalmente una parte en el proceso y, como tal, tiene los mismos derechos y deberes que las demás partes. Su situación procesal, sin embargo, se encuentra singularizada por la trascendencia de sus funciones y por la circunstancia de que las ejerce con sujeción a los principios de legalidad e imparcialidad. Esta singularidad no puede ser olvidada por los tribunales que deben estar especialmente atentos cuando los fiscales se aprestan a defender ante ellos los valores e intereses que les están encomendados.

La independencia de los Tribunales y la confianza en los jueces han sido agredidas en el juicio paralelo montado en torno a la tragedia del 11-M. La agresión no ha cesado puesto que en el juicio oral una parte supuestamente acusadora ha solicitado ya una "sentencia abierta" que, en su opinión, vendría impuesta por un proceso que considera desviado o incompleto; solicita esa parte, en definitiva, una sentencia desde una actitud de radical desconfianza. Los fiscales tenían y tienen mucho que decir sobre todo esto, por lo que no es razonable imponerles silencio cuando uno de ellos levanta la voz protestando ante unos hechos a los que difícilmente cabe encontrar precedentes en nuestra historia judicial y política.

José Jiménez Villarejo es ex presidente de las Salas 2ª y 5ª del Tribunal Supremo.

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