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El Tribunal de Cuentas insta al Guggenheim a devolver subvenciones

La auditoría constata que en 2005 no se dedicaron a gasto corriente 866.000 euros

El Tribunal Vasco de Cuentas Públicas considera en su última auditoría que el Museo Guggenheim Bilbao debe devolver a las instituciones que finacian su funcionamiento -el Gobierno vasco y la Diputación vizcaína- el "exceso" de dinero recibido como subvención y que no ha sido dedicado a gasto corriente. Entre 2002 y 2005 esas cantidades ascendieron a 866.000 euros. El informe referente al ejercicio de 2005 señala que la Fundación Guggenheim cumplió "razonablemente" la normativa legal.

El tribunal razona que destinar los 866.000 euros de "excesos de subvención" a "dotación fundacional" vulnera la normativa fiscal y el régimen regulador de las subvenciones otorgadas por la Diputación de Vizcaya, por lo que esa cifra debe "devolverse a las instituciones concedentes". En total, el Guggenheim recibió en el plazo en cuestión de las instituciones vascas 6.100.000 euros, para un presupuesto global superior a los 25 millones.

El informe señala igualmente que la Fundación Museo Guggenheim, el ente del que depende el centro artístico, incumplió la legalidad al adquirir bienes y servicios (suministro de artículos para su tienda, iluminación de exposiciones y viajes) por importe de 418.000 euros "sin respetar los principios de publicidad y concurrencia". El principio de publicidad fue incumplido y el de concurrencia, limitado por el procedimiento de reducir las ofertas en el gasto de otra partida de 486.000 euros destinada a transporte de obras de arte y consultorías.

El Guggenheim alega que la fundación no está sujeta a las prescripciones de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aunque se "autoimpuso voluntariamente" un procedimiento interno de contatación de bienes y servicios para los expedientes que superan los 60.000 euros, consistente en hacer publicidad en prensa. Para las contrataciones de un montante inferior se recurre a la solicitud de ofertas a un mínimo de tres empresas.

Compra de obras

La auditoría también revisa la compra de obras de arte entre 1999 y 2005 para la colección del Guggenheim, a traves de la sociedad limitada Tenedora Museo de Arte Moderno y Contemporáneo de Bilbao, integrada al 50% por el Gobierno y la Diputación vizcaína. En ese plazo, la sociedad compró 21 piezas por valor de 29.873.000 euros y recibió en donación otras siete. De esa cifra, 28.552.000 euros se pagaron a los propietarios de las obras y el resto correspondió a gastos adicionales de transporte e instalación, especialmente significativos en el caso de las esculturas que integran La materia del tiempo, de Richard Serra (1.250.000 euros).

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El Guggenheim abonó por las siete esculturas de acero de Serra 20.362.000 dólares (más de 15 millones de euros al cambio actual), cantidad que el museo se ha negado a revelar, pese a que fue confirmada por el propio artista.

El tribunal recomienda que la sociedad tenedora haga un registro contable de las donaciones recibidas, si bien precisa que el resultado de la falta de registro no resulta significativo. También constata que no se pudo determinar la corrección de la valoración de las obras que forman la colección porque la Tenedora no dispone de ese dato individualizado. El tribunal revela que se realizaron compras de moneda extranjera en 2002 y 2003, destinada al pago de las obras de Serra, que han supuesto, por las diferencias de cambio, unas pérdidas de 2.234.000 euros.

El informe ve "razonable" el procedimiento de compra instaurado en 2000, en la que "debe primar el interés artístico". El tribunal verifica el cumplimiento del procedimiento en todos los casos, salvo dos obras (Levitas y Máscara de seducción, ambas de Javier Pérez), adquiridas en 1999 por 47.000 euros.

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