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El juez rechaza que la demanda de Calatrava se tramite por la vía de lo contencioso

El juez que estudia la demanda del arquitecto valenciano Santiago Calatrava contra el Ayuntamiento de Bilbao por la conexión realizada sin su permiso entre su puente peatonal y el complejo de Uribitarte ha desestimado que el caso pase a la jurisdicción de lo contencioso-administrativo, como pretendía la corporación. La decisión, que puede ser recurrida aunque con escasas posibilidades de éxito, deja el caso en el ámbito mercantil.

Los abogados de Calatrava presentaron a finales de marzo una denuncia contra el Ayuntamiento de Bilbao y las dos empresas constructoras implicadas en la conexión, por lo que consideraban una vulneración de la ley de propiedad intelectual. Alegaron que, sin haber sido consultado el arquitecto valenciano, su pasarela ha sido "alterada" y "mutilada" por lo que califican de "añadido", en alusión a la prolongación elevada hecha hasta el complejo urbanístico de Uribitarte, diseñado por el japonés Arata Isozaki.

Por ello, exige una "cantidad mínima" de tres millones de euros de indemnización, una cifra a que renuncia si se restituye la pasarela a su estado original y se le abona "un mínimo" de 250.000 euros en concepto de daños morales.

El Ayuntamiento interpuso un recurso en que solicitó que las diligencias se trasladen a la jurisdicción de lo contencioso-administrativo para que se diriman a la vez otras cuestiones que considera conexas, como los problemas causados por el puente, abierto hace casi diez años. Durante la época invernal o con lluvia se suceden las caídas y resbalones, debido a su superficie resbaladiza, a lo que se han unido las roturas de sus losetas de cristal. El consistorio ha tenido que sustituir las 560 losetas de la plataforma de la pasarela. Sin embargo, en estos diez años el ayuntamiento no había presentado ninguna demanda contra Calatrava.

En el ámbito mercantil

El Juzgado de lo Mercantil número 1 ha desestimado la pretensión municipal, en un auto dictado el pasado 26 de abril. Estima que el caso debe mantenerse en el ámbito mercantil, al tratarse de una obra arquitectónica, y rechaza que el carácter público del puente o la posible vulneración del planeamiento urbanístico obliguen a trasladar la causa a lo contencioso, como han argumentado el Ayuntamiento y las constructoras. "La doctrina científica, los convenios internacionales, las normas vigentes y la propia lógica del sistema de protección de la creación original señalan que una obra artística puede ser amparada por la ley de propiedad intelectual", expresa el auto. Además, el juez considera "perfectamente compatible" el uso público de la pasarela con "los derechos de autor que le asisten".

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El juzgado insta ahora al Ayuntamiento a presentar sus alegaciones a la demanda. Sólo tiene la posibilidad de recurrir el auto si demuestra que existe una infracción.

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