La Audiencia rechaza aplazar el juicio de Otegi sin motivar su respuesta al fiscal, que planteará la nulidad
La Sección Cuarta de lo Penal de la Audiencia Nacional rechazó ayer aplazar el juicio previsto para el próximo día 21 contra el dirigente de Batasuna Arnaldo Otegi por un presunto delito de enaltecimiento del terrorismo que habría cometido durante el homenaje dispensado en mayo de 2004 a la etarra Olaia Castresana, fallecida en Torrevieja (Alicante) cuando manipulaba un explosivo.
La defensa y el ministerio fiscal habían pedido aplazar el juicio para dar tiempo a aclarar la situación de otros dos acusados de los mismos hechos que Otegi, Jon Salaberria y Araitz Zubimendi, que ya habían sido absueltos por el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, por lo que no deberían volver a ser juzgados ahora en la Audiencia Nacional junto a Otegi.
Otegi había sido condenado por ese mismo hecho a 15 meses de cárcel en mayo de 2004 por el Tribunal Superior Vasco, pero la sentencia fue anulada en enero de 2005 por el Tribunal Supremo respecto a Otegi, mientras que Salaberria resultó absuelto.
Ayer, sin embargo, la Audiencia Nacional adoptó una resolución insólita: declarar "rebelde" a Salaberria, pero suspender el procedimiento respecto a él y mantener el juicio contra Otegi.
El fiscal de la Audiencia, Fernando Burgos, había pedido el aplazamiento del juicio para obtener información suplementaria sobre el archivo definitivo del proceso para Salaberria y para Zubimendi en un escrito en el que planteaba problemas de vulneración de derechos fundamentales al no poder ser juzgados esos acusados dos veces por unos mismos hechos, ni poder ser declarado "rebelde" quien ha sido absuelto en firme por el Tribunal Supremo. En suma, pedía el aplazamiento ante una incidencia de indudable relieve y una necesidad de información suplementaria del artículo 746.1 y 6 de la Ley de Enjuiciamiento.
Indignación en fiscalía
Sin embargo, el escrito del fiscal fue despachado por el presidente de la Sección, Fernando Bermúdez de la Fuente, y los magistrados Paloma González y Juan Francisco Martel con una providencia de tres líneas en la que, por toda motivación, señalaba "En relación con el escrito del ministerio fiscal de 14 de marzo de 2007, la Sala acuerda no haber lugar a lo solicitado y estar a lo acordado en el auto" en el que acuerda celebrar el juicio, y suspender el procedimiento contra Salaberria por estar declarado "rebelde".
Según fuentes fiscales, la decisión causó "indignación" en la fiscalía, que criticó la forma de proceder del tribunal, al considerar que los magistrados deberían haber fundamentado expresamente su negativa a una petición del ministerio público. Las mismas fuentes indicaron que la falta de motivación podría constituir una "infracción disciplinaria" En consecuencia, el lunes el fiscal presentará un nuevo escrito planteando la nulidad de pleno derecho de la decisión de la Sección Cuarta.
El presidente de la Sección Cuarta, Fernando Bermúdez de la Fuente, ya fue expedientado en 2006 por recabar firmas entre los funcionarios para la campaña del PP contra el Estatuto de Cataluña. El expediente fue archivado con los votos de dos vocales conservadores y un vocal de consenso, frente a otros dos progresistas partidarios de sancionarle por abuso de autoridad.
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