El tribunal del 'caso Ibarretxe' censura que se "instrumentalice" al Supremo
El Tribunal Superior de Justicia vasco criticó ayer, en el auto por el que desestimaba el recurso de apelación del lehendakari contra su encausamiento por su reunión con tres dirigentes de Batasuna en abril de 2006, el hecho de que se intente "instrumentalizar" una resolución del Tribunal Supremo para "socavar la autoridad de lo decidido" por la Sala Civil y Penal del alto tribunal vasco. Esta Sala es la que ha ordenado abrir una causa penal por el delito de desobediencia, en grado de cooperación necesaria, contra el lehendakari, Juan José Ibarretxe, y contra los dirigentes socialistas vascos Patxi López y Rodolfo Ares por reunirse con Batasuna. En esa causa están también imputados por un delito de desobediencia cinco dirigentes de la ilegalizada Batasuna, entre ellos Arnaldo Otegi.
La resolución que, a juicio del ponente del auto difundido ayer, el magistrado Antonio García, estaría siendo instrumentalizada por la defensa de Ibarretxe ha sido profusamente invocada por las partes para cerrar la causa penal contra el lehendakari y López, ahora acumuladas. En concreto, se refiere a la resolución del 13 de noviembre pasado en la que el Supremo avalaba los contactos con la ilegalizada Batasuna y rechazaba una querella interpuesta por el sindicato Manos Limpias contra, entre otros, el presidente del Gobierno, José Luis Rodríguez Zapatero, por autorizar la reunión de López con Batasuna.
El alto tribunal indicó entonces que el encuentro entre el PSE y Batasuna de julio pasado no era un delito porque no había una orden expresa que lo prohibiera. Y añadió, además, que era un "fraude constitucional" pretender corregir la política del Gobierno a golpe de querellas en los tribunales.
Dos tipos delictivos diferentes
El nuevo auto dictado por la Sala Civil y Penal del Superior de Justicia vasco reitera que "no se trata en nuestro caso, a través de la vía penal, de corregir la acción de un Gobierno, no hay nada de eso". Y vuelve a señalar que la apertura de la causa penal contra Ibarretxe tampoco "se puede interpretar, a no ser por ignorancia u ofuscación, como un intento de criminalizar el diálogo o de impedir, restringir o condicionar el ejercicio de derechos fundamentales".
La Sala Civil y Penal reitera que no se puede trasladar miméticamente la resolución judicial del Supremo a la que investiga una posible desobediencia por parte del lehendakari. Y recuerda que los querellantes son diferentes -en la causa de Ibarretxe es el Foro Ermua- y los querellados, también -Zapatero y los miembros del Consejo de Ministros- y "de ninguno de los cuales se afirmaba en los hechos se hubiera reunido con Batasuna". Finalmente, el delito de desobediencia que ha ordenado investigar el Tribunal Superior vasco se refiere al artículo 556 del Código Penal y no al 410, que fue el estudiado y desechado por el Tribunal Supremo en noviembre pasado.
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