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El Supremo rechaza suspender el reglamento de televisión por cable

La Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo ha denegado la suspensión cautelar del reglamento de difusión de radio y televisión por cable que solicitó en octubre pasado la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones (CMT) por entender que con esa norma el Ejecutivo invadía sus competencias de otorgar licencias de emisión. El reglamento aprobado en Consejo de Ministros de julio de 2006 atribuía al Ministerio de Industria la autorización administrativa que deberán obtener los operadores que quieran difundir radio y televisión por cable en más de una comunidad autónoma. El mismo texto atribuye a Industria las competencias de inspección y control de los operadores de cable.

La CMT argumentó ante el Supremo la "ilegalidad flagrante" en que a su juicio incurren algunos preceptos del reglamento, y alegó que su ley reguladora es de superior rango al reglamento del Ejecutivo. Sin embargo, el Supremo señala que hasta que no recaiga sentencia sobre el fondo de la controversia no es posible analizar los problemas de competencias sobre los que gira el debate, por lo que rechaza dejar en suspenso los preceptos impugnados por la CMT.

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