La Sala de lo Contencioso del Supremo rechaza que se reduzcan sus competencias
Los magistrados creen que potenciar los tribunales autonómicos les privará de casos trascendentes
La reforma legal que incrementa las competencias de los Tribunales Superiores de Justicia de las autonomías para aliviar de carga de trabajo al Tribunal Supremo "no garantiza la interpretación y aplicación uniforme" de la ley atribuida por la Constitución al alto tribunal y le impedirá pronunciarse sobre "cuestiones nuevas o sobre problemas singulares" de gran trascendencia jurídica y social. Lo dicen los magistrados de la Sala de lo Contencioso en un informe enviado al Poder Judicial en el que proponen que sea el propio tribunal el que decida sobre qué asuntos debe pronunciarse.
La reforma busca, en general, la reducción de la carga de trabajo del Tribunal Supremo y, en particular, la de su Sala de lo Contencioso-Administrativo, la mayor en número de magistrados del alto tribunal y la que más asuntos resuelve (13.179 en 2005 frente a los 5.907 de la Sala Civil, los 5.113 de la Penal y los 5.151 de la Social). Para ello, el proyecto de ley, actualmente en tramitación parlamentaria, limita la posibilidad de interponer recurso de casación a las sentencias de lo contencioso-administrativo (las que resuelven litigios con las administraciones públicas) dictadas por la Audiencia Nacional.
En el resto de asuntos -el grueso de los más de 200.000 que se tramitan cada año- los órganos que tendrían la última palabra serían los Tribunales Superiores de Justicia (TSJ) de cada comunidad, cuyas resoluciones sólo se podrían recurrir al Supremo en caso de que contradigan los criterios que este último tribunal, el superior en todos los órdenes según la Constitución, o la establecida por otros TSJ (recurso de casación para unificación de doctrina).
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Supremo ha enviado al Consejo General del Poder Judicial un informe en el que se muestra muy crítico con el proyecto de ley que reforma la ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa y propone un sistema alternativo.
- Escasez de asuntos. El informe considera que limitar la jurisdicción a los casos provenientes de los TSJ en que la resolución en cuestión contradiga las de otros tribunales de ámbito autonómico reduce considerablemente los asuntos que el Supremo podrá estudiar. El documento recuerda que para que se admita un recurso de casación para la unificación de doctrina (los únicos casos procedentes de los TSJ que el Supremo estudiaría) deben darse similitudes muy estrechas entre los casos, algo que, en la experiencia del alto tribunal se da muy raras veces. "Un elevadísimo número de estos recursos son declarados inadmisibles o desestimados por tal razón y así devienen inoperantes los fines de la casación", aseguran los magistrados del lo contencioso en su informe.
- Cuestiones nuevas. El hecho de que la última instancia penal sea en la inmensa mayoría de los casos el TSJ también preocupa a los magistrados del Supremo por la mayor dificultad que supondría para que se pronunciaran sobre cuestiones novedosas o de especial notoriedad. Ese sistema, aseguran, "supone impedir el acceso a la casación de las sentencias de las Salas [de lo Contencioso de los TSJ] que se pronuncien sobre cuestiones nuevas o sobre problemas singulares difícilmente repetibles" o que puedan tener especial "trascendencia social o jurídica".
- Función desfigurada. El reparto de competencias del Supremo entre las Salas de lo Contencioso-Administrativo de los 17 Tribunales Superiores que impone el proyecto de ley, no encaja con las funciones que la Constitución encomienda al alto tribunal, esgrimen los magistrados. El sistema de casación previsto por la reforma del Gobierno "desfigura el diáfano cometido constitucional del Tribunal Supremo como órgano jurisdiccional superior en todos los órdenes dentro de España", dice el informe. El hecho de que la norma fundamental en su artículo 152.1 establezca que los Tribunales Superiores de Justicia culminan el ámbito judicial en cada comunidad, no puede desvirtuar la importancia jerárquica del Supremo, según los magistrados.
El sistema propuesto, prosiguen, "no garantiza la interpretación y aplicación uniforme del ordenamiento en asuntos de especial relevancia porque requiere que los recurrentes tengan que realizar complicadas averiguaciones o esperar a que haya una o varias sentencias previas (...) que hubiesen llegado a pronunciamientos distintos".
- "Interés casacional". El informe de la Sala de lo Contencioso propone un sistema alternativo para que sean los propios magistrados los que decidan cuándo debe pronunciarse el Tribunal Supremo. Bastaría que uno solo de la sala encontrara "interés casacional" en el asunto de que se trate para que el asunto se admitiera a trámite. La ley, según el documento, establecería únicamente "unos criterios generales" que indicarían la presencia de dicho interés en el recurso.
El secretario de Estado de Justicia, Luis López Guerra, considera injustificadas las críticas del informe y recuerda que la reforma "refuerza especialmente el papel unificador del Tribunal Supremo al establecer que su jurisprudencia es vinculante" para los demás juzgados y tribunales. "El objetivo del Tribunal Supremo no es resolver casos como ha hecho hasta ahora, convirtiéndose casi en una tercera instancia", asegura el número dos del Ministerio de Justicia que considera que el fin del alto tribunal debe ser unificar la interpretación de las leyes. "Si no hay contradicción entre las sentencias no tiene sentido que se pronuncie", añade.
López Guerra cree que el sistema alternativo propuesto por la sala supone una "solución muy radical" que reduciría más aún el número de asuntos que tramita el tribunal que el sistema que establece la reforma. El secretario de Estado de Justicia asegura que el Gobierno estudió introducir el sistema del interés casacional en la fase de elaboración el proyecto de ley, pero finalmente se desechó la propuesta que ahora proponen los magistrados de lo Contencioso-Administrativo del Supremo.
Tercer desacuerdo
La Sala de lo Contencioso-Administrativo no es la primera que se muestra crítica con la reforma judicial emprendida por el Gobierno. El pasado febrero, los magistrados de lo Penal y de lo Militar del alto tribunal elevaron al Consejo General del Poder Judicial dos informes de contenido similar.
Los primeros criticaban que el proyecto del Ejecutivo redujera los delitos que podrían enjuiciar y que comportaran penas superiores a los tres años de cárcel. "Se advierte una importante insuficiencia [respecto del recurso de casación] dado que es necesario partir de la premisa de que el Tribunal Supremo debe poder extender su ámbito sobre todo el Código Penal".
El documento cuantificaba en 135 (de un total de 333) los ilícitos penales que la Sala de lo Penal del alto tribunal dejaría de enjuiciar. La norma, decía el escrito, "restringe el ámbito de la casación de manera excesiva".
Por su parte, los magistrados de la Sala de lo Militar se quejaron de que el proyecto previera la posibilidad de que el Poder Judicial pudiera asignarlos a otras salas del Supremo en las que se necesitara más personal debido a su carga de trabajo. El informe protestaba por convertirlos, según sus palabras, en "disponibles", lo que, a su juicio, "cuestiona en su base misma la propia necesidad de la existencia de la sala".
"La norma da lugar a una Sala de Magistrados suplentes de hecho, a los que se puede acudir para cubrir las necesidades del servicio", aseguraba.
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