Errores de bulto
El consuelo de un error es que puede ser enmendado. Pero no siempre, sobre todo cuando la pesada burocracia no facilita la solución o, mejor dicho, ningún poder fáctico contribuye a subsanarlo. Ojalá que se esté aún a tiempo, pero el cometido al alimón entre Gobierno, Parlamento y hasta el propio Poder Judicial sobre la aplicación de un artículo de la aún vigente Ley del Menor pinta feo, a menos que los jueces decidan interpretarlo con criterio restrictivo. La negligencia puede tener consecuencias desagradables para la seguridad ciudadana y a la vez satisfactorias para jóvenes delincuentes de 18 a 21 años, culpables de delitos menores, castigados por el Código con penas inferiores a cinco años de cárcel. La aplicación del artículo en cuestión, que ha estado en suspenso durante los últimos seis años desde la promulgación de dicha ley en 2000, permitirá extender los efectos de esa legislación a menores de 21 años que no hayan cometido delitos violentos ni sean reincidentes. El despiste propiciará excarcelaciones y la revisión de la situación de casi un millar y medio de jóvenes reclusos condenados por robos de vehículos, el asalto a domicilios o el tráfico menor de droga.
Lo más sangrante del hecho es que esta situación tan sólo durará 34 días, desde el 1 de enero hasta el 4 de febrero de 2007, fecha que entrará en aplicación la nueva Ley Penal del Menor, más severa que la actual y en la que los jóvenes mayores de 18 años quedarán fuera de su ámbito. Nadie se dio cuenta del fallo cuando se redactó la nueva norma. El Ministerio de Justicia afirma haberlo detectado tarde y que se intentó subsanar durante la lectura en el Senado. Y la estupidez la completan PSOE y PP, echándose mutuamente la culpa.
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