El Tribunal Superior ordena demoler una iglesia en Fuencarral
El Ayuntamiento tendrá que derruir el templo de Nuestra Señora de las Fuentes en un mes
Parece definitivo. Una parte de la iglesia de Nuestra Señora de las Fuentes, en la calle de la Villa de Marín, Fuencarral, tendrá que ser demolida en menos de un mes. Tras 16 años de pleitos y recursos, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha desestimado el último recurso de súplica interpuesto por el Ayuntamiento y el Arzobispado y les ha ordenado que derriben una parte de la iglesia que vulnera las normas urbanísticas. Además, el Tribunal Superior establece que "no cabe interponer recurso alguno" contra la resolución.
Los demandados recurrieron ante el TSJM alegando que suspendiera la decisión hasta que el Constitucional no se pronunciase sobre el recurso de amparo que habían interpuesto.
La resolución dictada por los magistrados no admite ningún recurso
En su resolución, dictada el pasado día 14, la sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior acuerda "desestimar el recurso de súplica" interpuesto contra una providencia del pasado 27 de septiembre, que requería al Ayuntamiento de Madrid "la urgente cumplimentación, en el plazo de un mes, del mandato de la sentencia que puso fin a este procedimiento". Los jueces habían dictado una resolución el pasado 27 de septiembre de 2005 en la que requería al Ayuntamiento la demolición parcial de la iglesia.
El pleito se inició en 1990 cuando dos vecinos de un bloque adyacente a la iglesia acuden a los tribunales porque aseguran que la iglesia impide el acceso de luz natural a sus viviendas porque la iglesia no respeta la distancia mínima de separación que establecen las normas urbanísticas. El lateral de la iglesia está a 7,22 metros del número 41 de la calle de la Villa de Marín, cuando la normativa urbanística establece que la distancia de separación entre edificaciones no puede ser inferior a 12,62 metros.
El abogado del Arzobispado alegó que la iglesia fue construida antes que el edificio y que éste es el que invade el perímetro de la iglesia. No obstante, los jueces admitieron a trámite el recurso contencioso-administrativo de los dos vecinos.
Durante estos 16 años todos los tribunales ante los que recurrieron los propietarios dictaminaron que la parte del templo que infringía la normativa vigente debía ser derribada. El caso llegó al Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que refrendó la resolución en 2000. Ese mismo año, 48 miembros de la comunidad de propietarios del edificio afectado se reunió y acordó pactar con el Arzobispado de Madrid para cerrar el litigio. De este modo ambas partes manifestaban su conformidad con la situación urbanística existente en las parcelas. Previamente el Arzobispado se había comprometido a indemnizar a los vecinos con cerca de 600.000 euros.
Dos años despúes, el 26 de julio de 2002, la sala de lo contencioso-administrativo aceptó apartar del caso a los dos vecinos que inicialmente acudieron a los tribunales al haber alcanzado un acuerdo con el Arzobispado. Además, cinco propietarios del edificio afectado, que habían votado en contra del acuerdo con la iglesia, exigieron que se llevara a cabo la ejecución de la resolución judicial alegando que eran perjudicados directamente por la infracción urbanística.
El Tribunal Superior de Madrid les dio la razón y consideró que estaban legitimados para instar la ejecución de la sentencia. Ésta es la decisión contra la que han recurrido el Ayuntamiento de Madrid y el Arzobispado ante el Tribunal Supremo.
El alto tribunal confirmó la sentencia anterior. El Arzobispado decidió entonces recusar a los cinco magistrados del Tribunal Superior. El pasado abril una resolución de la sala especial del Tribunal Superior rechazó la recusación por "enemistad manifiesta". Y decidió multar con 900 euros al organismo eclesiástico al entender que se trata de un fraude personal que pretendía dilatar el proceso.
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