El Tribunal Superior anula el concurso de 1.000 pisos baratos de la Comunidad
Los arquitectos recurrieron la convocatoria para denunciar que se contrata de manera ilegal
El Colegio de Arquitectos ha ganado la primera batalla contra la Comunidad de Madrid para lograr que ésta deje de contratar proyectos y obras juntos en una sola convocatoria. La Ley de Contratos de las Administraciones Públicas impone que deben ser concursos separados y sólo en casos excepcionales se debe hacer en un mismo acto. El Tribunal Superior de Justicia le ha dado a los arquitectos esa primera victoria al declarar nulos 12 concursos en los que el Ivima contrata conjuntamente el proyecto y la obra de unas 1.000 viviendas. El Gobierno regional recurrirá la sentencia.
El decano de los arquitectos, Ricardo Aroca, explicó ayer en rueda de prensa que esta práctica ofrece menos garantías, atenta contra la competencia y, según el artículo 125 de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, es "excepcional".
En el proceso habitual, precisó Aroca, la Administración convoca un concurso entre arquitectos para elaborar un proyecto y luego otro para adjudicar las obras entre los constructores. Al hacer los trabajos, el arquitecto dirige la obra y controla si está ejecutada según el proyecto.
Pero en el proceso extraordinario, en el que hay un único concurso de proyecto y obras, es la constructora la que elige al arquitecto. "Y lo hacen según dos criterios: que el arquitecto tenga buenas relaciones con la Administración o que sea obediente y no cree problemas", puntualizó Aroca. "El vigilante de la calidad de las obras resulta que está pagado por aquéllos que pueden hacer las cosas mal", agregó.
Según el decano, antes de las elecciones obtuvo el compromiso de la presidenta de la Comunidad de Madrid, Esperanza Aguirre, de que si ganaba renunciaría a este procedimiento, "que era muy habitual con Alberto Ruiz-Gallardón [cuando era presidente regional]". Pero el 27 de julio de 2004 el Instituto de la Vivienda de Madrid (Ivima), que depende de la Consejería de Medio Ambiente, convocó un paquete con 12 promociones bajo la fórmula proyecto-obra, que suman 1.046 viviendas y, en su mayoría, están en el Ensanche de Vallecas.
El Colegio de Arquitectos recurrió esos concursos en septiembre de 2004 y, al recibir la negativa del entonces director gerente del Ivima, Domingo Menéndez (recientemente nombrado director general de Urbanismo) presentó un recurso contencioso-administrativo que el pasado 5 de octubre fue fallado por el Tribunal Superior de Justicia. "La sentencia es clara porque dice que la resolución del Ivima convocando los concursos es ilegal", declaró Aroca, que recordó que el tribunal ordena "retrotraer las actuaciones al momento anterior" a la convocatoria. Es decir, que deben volver a convocarse, por separado, los concursos, sin que tengan validez los actos jurídicos surgidos a consecuencia de la resolución considerada nula.
El decano de los arquitectos aseguró que sólo busca un cambio de práctica del Gobierno regional, pero que el propio Menéndez le ha dicho que recurrirá la sentencia. "No hay preocupación por cometer un acto ilegal", lamentó Aroca que anunció que el Colegio pedirá la ejecución provisional de la sentencia (dejar sin efecto los actos administrativos hasta que el Tribunal Supremo decida), salvo que el Ejecutivo regional haga una "declaración pública" en la que se comprometa a no usar el procedimiento extraordinario.
Desde la Consejería de Medio Ambiente, un portavoz explicó que el Ivima considera que el procedimiento se ajusta a la ley vigente y "cuenta con los informes favorables de los servicios jurídicos de la Comunidad". En cualquier caso, añadió, "ese procedimiento se utilizó de forma coyuntural y el Ivima ya no lo utiliza", porque la Consejería consideró que "no era el más adecuado".
Agregó que las viviendas están a punto de ser terminadas, pero no han sido adjudicadas. "Es una aberración decir que son ilegales", comentó. "En el caso de que el Supremo falle en contra, dirá que no se use el procedimiento más. Pero no se puede volver atrás". Salvo que lo diga el tribunal.
Sus quejas y denuncias en lectores.madrid@elpais.es
LEY DE CONTRATOS DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS
- Artículo 125: La contratación conjunta de elaboración de proyecto y ejecución de las obras tendrá carácter excepcional
- Supuestos de aplicación de la contratación conjunta:
a) Cuando el sistema constructivo sea determinante de las características esenciales del proyecto
b) Cuando las características de las obras permitan anticipar diversos tratamientos de trazado, diseño y presupuesto
- La licitación de este tipo de contrato requiere la redacción de un anteproyecto por la Administración
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