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El proceso para el fin del terrorismo

El Constitucional anula un permiso a funcionarios vascos para visitar presos

El Tribunal Constitucional ha declarado nulo un apartado de un decreto del Gobierno vasco que establecía un permiso a favor de los funcionarios de la Administración de Justicia para que pudiesen visitar a familiares presos hasta el segundo grado de consanguinidad. Dicho permiso se establecía "por el tiempo que resultase necesario, siempre y cuando las visitas no puedan efectuarse fuera del horario de trabajo".

La sentencia del Constitucional señala que el permiso de visita a presos por esos funcionarios supone la creación, por el Gobierno vasco, de un permiso diferenciado de los del régimen general, que se añade a ellos, que colisiona con el régimen de la Ley Orgánica del Poder Judicial y repercute en las condiciones de trabajo de los funcionarios. En consecuencia, lo declara inconstitucional y, por tanto, nulo.

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El Constitucional avala en cambio que el permiso de lactancia de una hora diaria pueda acumularse a la licencia por embarazo o alumbramiento.

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