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Campos sin urbanizaciones y regados con agua reciclada

En la redacción del decreto sobre campos de golf ha trabajado durante más de dos años una comisión con representantes de tres consejerías, Obras Públicas, Medio Ambiente y Turismo y Deportes, cuyas diferencias de criterio no ha facilitado la redacción definitiva.

El principal precepto de la norma es la desvinculación de los campos de golf de las promociones urbanísticas, con la prohibición expresa de construir viviendas. En los distintos borradores se han previsto ciertas excepciones para lugares en los que no hubiera una ocupación agresiva del suelo no urbanizable, pero en todo caso serían siempre pequeñas urbanizaciones, a una distancia mínima de los campos, con baja densidad de construcción, y con determinados equipamientos. La definición de estos parámetros ha sido una de las causas fundamentales de que no se haya cerrado un documento definitivo. Se implantaría una superficie mínima de 100 hectáreas para los campos de 18 hoyos.

Sí se permitirían equipamientos hoteleros, pero igualmente de baja densidad, para lo que se barajó un tope máximo de tres plantas y 300 plazas para campos de 18 hoyos y 400 para los de 27 hoyos.

El otro gran precepto del decreto es la obligatoriedad de usar agua reciclada para el riego. Además, se regularían los tipo de especies florales a implantar en función de las zonas y el uso de productos fertilizantes y fitosanitarios.

También se crearía un registro que calificara los campos en función de unos criterios de calidad que sirvieran de guía sobre todo para deportistas y turistas.

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