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El TSJA ordena el derribo de la casa club de Montenmedio

Un nuevo auto del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), con fecha del 18 de mayo, desestima los recursos de súplica presentados por la empresa Ibercompra, propietaria del complejo turístico y deportivo Montenmedio, y el Ayuntamiento de Barbate (Cádiz), contra un anterior auto de este mismo tribunal que ordenaba el derribo de la casa-club de estas instalaciones. Según explicó ayer el delegado de Obras Públicas de la Junta, Pablo Lorenzo, "ya no cabe más recurso" y obliga al Consistorio barbateño acreditar la demolición en el plazo de dos meses.

El auto es especialmente duro contra la dilatación de este proceso que se inició después de que la Junta recurriera un decreto del Ayuntamiento que aprobaba la construcción en 1996 de un edificio de dos plantas y 1.205 metros cuadrados para un club social dentro del complejo Montenmedio. Según una sentencia del TSJA de 1999, esta construcción fue ilegal porque carecía de un plan especial, de justificación de la necesidad de emplazamiento y de impacto ambiental. Desde entonces, Ibercompra y Ayuntamiento han presentado numerosos recursos, los últimos contra un auto del TSJA de septiembre de 2004, que son los que ahora se desestiman.

Paciencia judicial

El alto tribunal andaluz asegura que "no puede caber ninguna duda a las partes de la paciente actitud de la sala" frente a las aspiraciones que se oponen al cumplimiento de la sentencia. Añade que "se ha tolerado el agotamiento de todas las posibilidades de defensa de sus posiciones hasta lo razonablemente permisible". El auto admite que la casa-club, de la que dependen según la empresa entre 150 y 200 trabajadores, es un proyecto que mejoró una zona "necesitada de inversiones" pero agrega que "esa sensibilidad no puede colisionar con las normas ni impedir su cumplimiento ni el de las resoluciones que se dictan".

La empresa Ibercompra explicó ayer que ya ha recurrido este auto por entender que no ha tenido en cuenta la existencia de un recurso ante el Tribunal Supremo, además de discrepar de otros aspectos de este documento. Tanto la empresa como el Ayuntamiento de Barbate habían pedido la suspensión de la ejecución de la sentencia hasta que el Supremo dictaminara una decisión sobre un plan posterior con el que el Consistorio facilitó nuevas licencias para restituir la legalidad. El auto del TSJA califica este plan como "un incomprensible artificio argumental".

El TSJA desestima los recursos de súplica y ordena a Ibercompra que derribe voluntariamente la casa-club en 30 días y al Ayuntamiento de Barbate que acredite la demolición en el plazo de dos meses. Se ordena a la administración demandante, la Junta de Andalucía, que, en caso de incumplimiento de estos plazos, asuma la operación a costa de la administración demandada, el Ayuntamiento. El delegado de Obras Públicas ve en este auto "el fin de un largo litigio" que "demuestra que la Junta tenía la razón".

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