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Tribuna:REFORMA ESTATUTARIA
Tribuna
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Un Estatuto de progreso

Entramos en la fase estatal de aprobación del proyecto de reforma del Estatuto de Autonomía de Andalucía y la sensación que da es que la sociedad española no ha valorado aún en sus justos términos este nuevo estatuto. Porque lo primero que hay que decir es que se trata de un nuevo estatuto. Yo no sé hasta qué punto había una demanda social en Andalucía exigiendo un nuevo estatuto. Pero a estas alturas eso es lo de menos. Lo importante es que hay un nuevo texto, que va a entrar en vigor y que urge saber si va a cambiar en algo nuestras vidas como andaluces, y para qué.

En nuestro sistema político el Estatuto de autonomía sirve a dos funciones esenciales: definir las relaciones entre la Comunidad Autónoma y el poder central del Estado y establecer el modelo de funcionamiento interno de la propia Comunidad Autónoma. En ambas cuestiones el nuevo estatuto da, a mi entender, un paso de gigante. Voy a intentar explicarlo.

El estatuto andaluz que se somete al Congreso sigue sin duda el camino abierto por la reforma catalana en un camino discutible pero, a mi parecer, inevitable. La Constitución de 1978 no incluye un sistema cerrado de organización territorial del poder. El Estado autonómico ha sido hasta ahora una realidad siempre en construcción, en un sistema en el que nunca se ha dejado del todo claro qué competencias se ceden al poder territorial y cuál debe ser la extensión del poder central. La Constitución se orienta a un modelo abiertamente federal pero no termina jurídicamente su configuración, ni en cuanto a la extensión del sistema por todo el territorio español ni en cuanto a las consecuencias últimas del principio de autonomía. Ese postergar la cuestión territorial ha originado un exceso de conflictividad y facilitado tensiones que se aproximan a veces a la fractura social. Así las cosas, la única salida jurídicamente viable es la asunción por las comunidades autónomas del mayor número de competencias en un sistema cada vez más abiertamente federal en el que disminuya la inseguridad jurídica acerca de qué es un Estado autonómico. Esta terminación del modelo debería realizarse, lógicamente, a través de la correspondiente reforma constitucional pero a nadie se le escapa que la situación política cierra absolutamente esa puerta. Por eso, en su lugar el mecanismo de reforma estatutaria permite llegar a una conclusión similar y como combina una propuesta autonómica inicial con la posterior intervención correctora de las Cortes Generales, ofrece amplias posibilidades de diálogo y consenso entre el centro y la periferia, proporcionando así las garantías necesarias. El Estatuto andaluz avanza en esa senda, hacia un sistema más coherente en el que el principio autonómico desarrolle toda su eficacia y en todas las comunidades autónomas.

Pero el Estatuto andaluz no se agota en la reclamación de un poder autonómico más razonable y coherente. Más allá de la presunta belicosidad hacia el Estado central, Andalucía ha dado un paso adelante en su configuración interna conforme a un modelo social avanzado. Los derechos sociales, entendidos como prestaciones a las que se obliga la Junta de Andalucía son sólo una parte de ese modelo, pero significativa. El Estatuto incluye, por ejemplo, el derecho a la gratuidad de los libros de texto, los derechos de los usuarios de la sanidad, el testamento vital, la renta básica. En materia de medio ambiente el nuevo Estatuto obliga a los poderes públicos andaluces a mantener una actitud beligerante en materia de control de residuos, a evitar la especulación urbanística y a potenciar la energía renovable. Se trata de ejemplos elegidos casi al azar, pero que dan una idea de la orientación del Estatuto hacia un sistema político más humano, más cercano al ciudadano.

Sintetizando, puede decirse que el nuevo estatuto andaluz es autonomista frente al Estado y progresista internamente. Con eso quiero decir que abre las puertas a las exigencias de un nuevo modelo político, no que se trate de un "estatuto de izquierdas". No podría serlo si aspira a servir como marco político para el futuro de Andalucía. Independientemente de los apoyos conseguidos en el Parlamento andaluz en estos momentos se trata de una norma abierta que permite aplicar tanto políticas conservadoras como de izquierdas y con el que cualquier partido podría desarrollar su propio programa electoral.

Aún así, desde un punto de vista técnico tiene también ciertas carencias. No refleja en ningún momento el concepto avanzado de democracia participativa, ni avanza en los modelos de control de la gestión pública. Su principal defecto, sin embargo, es su propia ambición. Una norma fundamental tan ambiciosa corre el riesgo de acabar pareciéndose a las Constituciones del siglo XIX: meras normas programáticas cargadas de buenas intenciones que nunca se aplicaron y cada partido cambiaba a su antojo. Para evitarlo la receta es fácil. Consenso en su aprobación, por encima de los intereses partidistas de cada uno y, sobre todo, rigor a la hora de exigir constantemente al Gobierno de turno que aplique lo que ahora se va a aprobar. Sólo así Andalucía podrá desarrollarse como el espacio de solidaridad y ciudadanía que se nos promete.

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Joaquín Urías es profesor de Derecho Constitucional en la Universidad de Sevilla

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