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El Tribunal Superior multa al Arzobispado por retrasar el derribo de una iglesia de Fuencarral

El pleito para demoler una parte de Nuestra Señora de las Fuentes comenzó hace 16 años

Hace 16 años que el Tribunal Superior de Justicia de Madrid ordenó demoler parcialmente la iglesia de Nuestra Señora de las Fuentes (Fuencarral). Tras más de una decena de autos ordenando la ejecución, el último episodio, que data del pasado día 6, es una resolución de la Sala Especial del Tribunal Superior que rechaza la recusación "por enemistad manifiesta" formulada por el Arzobispado contra los cinco magistrados de la Sección Primera. El Arzobispado ha sido multado con 900 euros al entender los jueces que se trata de "un fraude procesal" que pretende "dilatar" el pleito.

El Arzobispado no se ha estado quieto tras esta decisión: ha presentado un recurso de súplica contra la desestimación del recurso, y deja entrever que, si no tiene éxito, volverá a recurrir en casación ante el Tribunal Supremo.

El derribo sentenciado de la iglesia de Nuestra Señora de las Fuentes es posiblemente uno de los pleitos contenciosos de mayor duración de la justicia en España. Ya ha pasado por el Tribunal Supremo en tres ocasiones y no es descartable que llegue una cuarta, ya que en su recurso de súplica el Arzobispado demanda a la sala especial del Tribunal Superior de Justicia (TSJM) que retrotraiga las actuaciones a como éstas estaban en 2000.

El Arzobispado ha fundamentado la recusación en que en 2000 el Ayuntamiento envió al TSJM un proyecto de demolición parcial de la iglesia y que los jueces no le han informado del mismo hasta ahora. De esa desinformación, la iglesia infiere una enemistad manifiesta y falta de imparcialidad de los jueces.

La Sala Especial del TSJM -distinta del tribunal que lleva el caso- ha rechazado la recusación. Entiende que el Arzobispado ha tenido en todos estos años los autos a su disposición para consultarlos y copiarlos, y que si no lo ha hecho es "porque no ha tenido interés".

Los jueces dan por sentado, además, que el Arzobispado conocía ese proyecto desde al menos 2002 y que constituye un fraude procesal no haber presentado la recusación entonces. Señalan que, en la "hipótesis" de que efectivamente hubiera conocido ahora el citado proyecto, sería un error "subsanable"; y que, en todo caso, no cabe argüir "enemistad manifiesta" al hecho de que el tribunal haya dictado resoluciones desfavorables al Arzobispado. Según la Sala Especial, la recusación sólo persigue "entorpecer" y volver "a dilatar" el proceso.

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El Arzobispado se ha agarrado en su súplica al argumento judicial de que se trata de un error subsanable y pide que "se subsane" el error. ¿Cómo? Retrotrayendo las actuaciones a 2000 e instando al tribunal a que le "notifique debidamente" la llegada del proyecto de demolición.

Más recursos

Si el tribunal acepta esa petición, el Arzobispado presentaría entonces un recurso contra ese proyecto básico, que tiene su propio trámite judicial. Si no la acepta y rechaza el recurso de súplica, el Arzobispado adelanta ya que la Sala Especial debe indicarle "qué recursos caben contra el citado auto, plazo para interponerlo y autoridad u órgano ante el que debería formalizarlo". Quiere esto decir que es posible que el asunto vuelva, por cuarta vez y por distintos motivos, ante el Supremo. Casi dos años suele tardar el Supremo en pronunciarse.

El caso judicial de la iglesia de las Fuentes lo iniciaron dos vecinos del primer piso de un edificio colindante al templo. Llevaron a los tribunales a la iglesia porque, según ellos, la edificación incumple la distancia mínima -siete metros- que debe existir entre dos inmuebles. Esta proximidad impedía que la luz natural entrase en sus casas. Cada resolución que dictaban los jueces se topó con todo tipo de recursos y escritos por parte del Arzobispado.

Los jueces de la Sección Primera llegaron a dictar un auto en el que acusaban al Ayuntamiento, en la época en que era alcalde José María Álvarez del Manzano, de entorpecer la ejecución de la sentencia y de ser benevolente con los feligreses, que acordonaban la iglesia cada vez que el Consistorio recibía la orden judicial de derribar el templo. Los jueces sospecharon que alguien del Ayuntamiento avisaba de los días en que las excavadoras municipales iban a acudir a la iglesia, para que los fieles fueran alertados y la acordonaran. De esta forma, según los jueces, el gobierno municipal encontraba excusas ante el tribunal para demorar el cumplimiento de la sentencia.

En 1999, cuando parecía inexorable ejecutar el fallo judicial, el Ayuntamiento intentó legalizar con una decisión de pleno la situación de la iglesia. Enfadados, los jueces dedujeron testimonio por un posible delito de desobediencia a 23 concejales del PP y dos de IU, e impusieron sendas multas de 3.000 euros al gerente de Urbanismo, Luis Armada.

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