Escasos precedentes de suspensión cautelar
Existen escasos precedentes de que la Sala Tercera del Tribunal Supremo haya suspendido cautelarmente acuerdos del Consejo de Ministros. Fuentes del alto tribunal sólo recordaban ayer un caso relativo a una concentración de empresas en Canarias. Muy diferente es la anulación -pero en sentencia sobre el fondo de la cuestión, no al decidir sobre las medidas cautelares- de acuerdos del Gabinete. Las anulaciones en esos casos han sido frecuentes.
Entre las más conocidas, figura la de los papeles del Cesid. En marzo de 1997, el pleno de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Supremo, la misma de ayer, acordó la desclasificación de 13 documentos secretos del Cesid que habían sido reclamados por los jueces que instruían sumarios por atentados de los GAL. En concreto, los jueces Baltasar Garzón, Javier Gómez de Liaño y Justo Rodríguez reclamaban documentos relativos a actuaciones presuntamente delictivas de las Fuerzas de Seguridad del Estado en la lucha contraterrorista que afectaban a los casos de Lasa y Zabala, Oñederra y Lucía Urigoitia. El Gobierno de Aznar se había opuesto a la desclasificación de los documentos, aunque los papeles afectaban a actuaciones de los socialistas en la guerra sucia contra ETA.
Nota escueta
En aquella ocasión, los 33 magistrados de la Sala Tercera estuvieron reunidos cuatro días, y el tribunal hizo pública una escueta nota en la que únicamente mencionaba los números de los recursos y las fechas de los documentos que debían ser entregados a los jueces.
Tras la decisión del Supremo, el Ejecutivo preparó un proyecto de ley para que en el futuro únicamente tres jueces y no los 33 de la Sala Tercera del Supremo tuvieran que decidir sobre secretos de Estado.
También fue revocado por el Supremo el acuerdo del Ejecutivo que en julio de 2005 se negó a tramitar la extradición de 39 ex militares argentinos incursos en crímenes contra la humanidad presuntamente cometidos durante la dictadura militar de Argentina (1976-1983). La petición había sido formulada por el juez Baltasar Garzón y la negativa del Gobierno fue considerada en aquel momento como "no conforme a Derecho".
Otro de los acuerdos del Consejo de Ministros revocados en sentencia fue el relativo a la no oposición a la toma del control de Antena 3 Radio por parte del Grupo Prisa (empresa editora de EL PAÍS).
Igualmente, el Supremo ha anulado o rebajado numerosas sanciones impuestas por el Consejo de Ministros por vulneración de normas.
Tu suscripción se está usando en otro dispositivo
¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?
Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.
FlechaTu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.
En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.