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LA SUSPENSIÓN DE ACTIVIDADES DE LA FORMACIÓN ILEGALIZADA

La Audiencia confirma la fianza de 400.000 euros a Otegi

La Audiencia Nacional ha confirmado la fianza de 400.000 euros impuesta al dirigente de Batasuna Arnaldo Otegi en el proceso sobre la financiación de ETA a través de las herriko tabernas, que se instruye en el Juzgado Central número 5.

El juez Fernando Grande-Marlaska tomó declaración el 26 de junio de 2005 a Otegi como imputado por un delito de pertenencia a ETA. Acto seguido dictó un auto por el que decretó la prisión provisional del dirigente de Batasuna, pero eludible al constituir una fianza de 400.000 euros, y con la obligación de comparecer los lunes y viernes de cada semana en el juzgado o en la comisaría más próxima a su domicilio. También se le prohibió abandonar el territorio nacional sin autorización del juez, entre otras medidas cautelares.

Otegi recurrió la decisión, pero la Audiencia la ha confirmado. El tribunal, integrado por los magistrados Fernando Bermúdez de la Fuente, Alfonso Guevara y Paloma González, destaca que "además de claros indicios del delito de integración en organización terrorista, existe una reiteración incluso provocadora de alarma social que justificaría la medida de prisión".

Peligro de fuga

A juicio del tribunal, la gravedad del delito "comporta un peligro de fuga (ya materializado por otros imputados en esta causa) que debe ser prevenido así como el de reiteración de la conducta indiciariamente ilícita". Los indicios de delito no son excusables "bajo la apariencia del ejercicio de su representación política", pues se refiere "a un grupo ilegalizado precisamente por constituirse en el entramado de la organización terrorista ETA". También se indica que la conducta de Otegi se ha prolongado en el tiempo después de la ilegalización "y continúa hasta el día de hoy, tal y como lo demuestra la convocatoria de actos públicos que han sido objeto de prohibición".

El tribunal aprecia que la cuantía de la fianza, 400.000 euros, es proporcionada con la capacidad económica del imputado, como lo demuestra que fue constituida de inmediato y, además, porque la imputación de Otegi es "por un delito grave por su propia naturaleza, por su incidencia en el entorno social y por su repercusión en el orden constitucional contra el que atenta".

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El procesado se encuentra incurso en otros procesos por delitos de la misma naturaleza, lo que "incrementa el riesgo de fuga, máxime cuando, insistimos, reitera su conducta como dirigente de una organización política ilegal cuyo entramado pudiera facilitar su huida, difícilmente entendible por una sociedad sensibilizada en el tema terrorista".

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