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La auditoría aprecia deficiencias en el 61% de los contratos de la Diputación vizcaína analizados

El 61% de los contratos adjudicados en 2003 por la Diputación de Vizcaya que han sido examinados por el Tribunal de Cuentas presenta deficiencias, en su mayoría por incumplir los principios de concurrencia y publicidad. De los 44 analizados por un importe global de 107 millones de euros, el informe ve anomalías en 27, con una cuantía de 91,7 millones. El tribunal señala que en siete expedientes, por 6,1 millones, se limitó la publicidad y concurrencia sin justificar los motivos de esa decisión y en trabajos contratados por 8,8 millones se aprecian ilegalidades "al haber realizado contrataciones individualizadas de actuaciones, cuando deberían haberse agrupado en expedientes homogéneos".

- Subvenciones. El informe estima que hay irregularidades en 48 de los 57 expedientes analizados de subvenciones. Aunque la Diputación puede conceder estas ayudas directas sin aplicar la publicidad y concurrencia cuando la actuación subvencionada no puede encuadrarse en una convocatoria, el tribunal constata que 14 casos, por un importe de 5,1 millones, sí podrían haberse integrado en una convocatoria de subvenciones. Los beneficiarios han sido cuatro entidades locales, dos empresas, seis entidades sin ánimo de lucro y dos fundaciones privadas. Además, cuestiona el encaje legal de las ayudas concedidas a ayuntamientos por 3,9 millones en concepto de imprevistos, al considerar que no se corresponden a ese fin.

- Plus de productividad. El tribunal se refiere a este plus que en 2003 la institución vizcaína abonó a todos sus empleados y altos cargos y que sumó 1,9 millones. Asegura, como ha apuntado en anteriores informes, que la asignación del incentivo a los altos cargos contradice dos leyes, que establecen una retribución "por un único concepto, no teniendo cabida un incentivo de productividad". La Diputación alega otra norma que incluye la aplicación del complemento.

- Cesantías. Constata que las cesantías (dinero que se paga a los diputados forales y altos cargos cuando dejan sus puestos) no se incluyen como rendimientos del trabajo en el IRPF.

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