Un juez ve inconstitucional las penas distintas por razón de sexo
Un juez de Orihuela (Alicante) planteó el miércoles una cuestión de inconstitucionalidad sobre el artículo 171.4 del Código Penal por su posible contradicción con el principio de proporcionalidad y de igualdad. El citado artículo castiga las amenazas leves de hombres a mujeres con penas de prisión de seis meses a un año o, en su caso, con trabajos en beneficios de la comunidad, desde 31 a 80 días. Sin embargo, esta misma infracción cometida por una mujer está tipificada como falta, según explicó ayer el fiscal jefe de la Audiencia de Alicante, José Antonio Romero.
El titular del Juzgado de lo Penal número 1 de Orihuela plantea la cuestión de inconstitucionalidad sobre la base de que el principio de igualdad no se respetaría en tanto que, ante una misma infracción, se castiga con diferente baremo en función de si el autor es un hombre o una mujer. Tras la celebración de la vista oral del caso que derivó en la iniciativa del juez -los términos concretos de la causa no han trascendido, si bien, según el fiscal jefe de Alicante, el proceso se abrió tras una riña de una pareja-, el juez dejó en suspenso la ejecución de la sentencia por posible inconstitucionalidad, ya que tendría que castigar de manera diferente dos comportamientos iguales.
Diez días para el informe
Las partes disponen de un plazo de diez días para emitir un informe. El máximo representante de la Fiscalía de Alicante se remitió al criterio del fiscal jefe del Tribunal Constitucional, quien afirmó que la cuestión de inconstitucionalidad "es preceptiva desde el punto de vista formal". "Se dan todos los requisitos para que se pueda plantear", apuntó. No obstante, el ministerio público no se pronunciará sobre el fondo del asunto. Una vez pronunciadas las partes, el juez de Orihuela decidirá si eleva la cuestión de inconstitucionalidad sobre el artículo 171.4 del Código Penal al Tribunal Constitucional.
El órgano superior ya rechazó admitir a trámite "por ser notoriamente infundada" una cuestión de inconstitucionalidad planteada por un juzgado de Valencia en aquel caso sobre el artículo 153 del Código Penal, por su posible contradicción con el principio de legalidad y proporcionalidad de la sanción penal. Pero mientras el juez de Alicante aborda la posible inconstitucionalidad de castigar con penas distintas en función del sexo del autor, el magistrado de Valencia cuestionó el endurecimiento de las penas. Éste planteó la cuestión de inconstitucionalidad al considerar que no se respeta el principio de legalidad y de proporcionalidad cuando se castiga como delito lo que antes de la entrada en vigor de la ley contra la violencia de género eran meras faltas, y ahora, si las comete un hombre, son delito. El Pleno del Constitucional entendió que la ley no incurría en inconstitucionalidad. Según el Constitucional, no existe "el desequilibrio patente, excesivo e irrazonable".
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