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La falta de ofertas frustra la ejecución de las condenas a trabajos sociales

En Alicante 246 procesados están a la espera de cumplir la pena

Un total de 246 condenados a penas inferiores a un año de cárcel y sustituidas por trabajos en beneficio de la comunidad están a la espera de cumplir la condena en la provincia de Alicante. El presidente de la Audiencia, Vicente Magro, admite que la descoordinación con los ayuntamientos, que ofertan los trabajos para estos condenados, hace ineficaz el cumplimiento de estas penas, cuya ejecución acumula importantes demoras.

El Gobierno no ha activado un protocolo de colaboración con las administraciones

Los delitos cometidos por estos acusados son de "escasa gravedad", aunque entre los infractores se incluyen procesados por violencia de género. En octubre de 2004, entró en vigor la reforma del Código Penal que introdujo la implantación de la pena de trabajos en beneficio de la comunidad. Esta modalidad en las condenas es una alternativa a las penas de prisión (siempre que sean inferiores a un año o, en casos muy excepcionales, a dos años), en aquellos casos en los que la "escasa gravedad" del delito o faltas requieren "medidas que tiendan a la reinserción del penado".

Sin embargo, el Gobierno no diseñó un protocolo de actuación en colaboración con las distintas administraciones para hacer efectivas las penas de trabajos en beneficio de la comunidad, según fuentes judiciales. La pretensión consistía en establecer una relación de actividades (como limpieza de calles, jardines, atención en centros especiales, o cualquier otra actividad colaboradora con la sociedad, que serían desempeñadas por los reos). Los trabajos en beneficio de la comunidad son, en teoría, facilitados por la Administración penitenciaria, previa firma de colaboraciones con los ayuntamientos, comunidades autónomas y asociaciones o entidades públicas.

Una vez suscritos los convenios oportunos entre las administraciones, los jueces de instrucción y de lo penal disponen del listado de trabajos que pueden desarrollar los penados a trabajos en beneficio de la comunidad. Sin embargo, la indefinición administrativa en torno a cómo articular los mecanismos para garantizar la oferta de empleos a ejercer por los penados, propicia que la gran mayoría de los condenados a trabajos en beneficio de la comunidad "no cumplan las penas", según el presidente de la Audiencia de Alicante, Vicente Magro. "La aplicación de esta pena ha sido ineficaz hasta la fecha ante la ausencia de una respuesta colectiva de todos los operadores que tenían que afrontar la ejecución de esta pena", agrega. Fuentes judiciales señalan que el éxito de esta condena "depende de la actuación conjunta y coordinada entre las distintas instituciones".

En la provincia de Alicante, desde octubre de 2004, los jueces impusieron 273 sentencias en las que condenaba al acusado a trabajos en beneficio de la comunidad. Del total, 256 son hombres; y 17, mujeres. Según fuentes judiciales, 23 personas cumplen en la actualidad estas penas, pero sólo cuatro finalizaron el período de cumplimiento impuesto por el juzgado desde la entrada en vigor de la nueva ley. Sin embargo, un total de 246 está a la espera de cumplir condena, según fuentes de Servicios Sociales de Instituciones Penitenciarias.

A juicio de Vicente Magro, "la pena de trabajos en beneficio de la comunidad puede erigirse con un gran efecto resocializador, en tanto que el autor de un delito o falta tiene que cumplir la pena impuesta en lugar de ingresar en un establecimiento penitenciario". La ejecución se desarrolla bajo el control del juez de vigilancia penitenciaria quien, a su vez, requerirá los informes sobre el desempeño de su trabajo en la administración, entidad pública o asociación de interés general en que se presten los servicios.

La sustitución de las penas de prisión, que no excedan de un año, por trabajos en beneficio de la comunidad consiste en aplicar una jornada de trabajo por cada día de prisión impuesta. En los casos de delitos relacionados con la violencia de género se incluye además la obligación de asistir a programas formativos. Si el condenado no cumple la pena con trabajos en beneficio de la comunidad, cuando ésta sustituye a la de prisión, el juez revocará la condena y enviará al reo a la cárcel.

La relación de delitos y faltas vigentes en los que se recoge la pena de trabajos en beneficio de la comunidad son: los delitos por violencia de doméstica tipificados con penas de prisión de entre tres meses y un año; el hurto de motos y vehículos; delitos contra la seguridad del tráfico e incumplimiento de obligaciones familiares.

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