Una traficante ve reducida su pena por su estado de extrema necesidad
El tribunal de la sección segunda de la Audiencia de Valencia ha condenado a cinco años de prisión por un delito de tráfico de drogas, aunque el fiscal solicitaba siete años, porque ha estimado la circunstancia de "extrema necesidad" de la procesada motivada por el grave estado de salud de su hijo. El 25 de junio de 2004, Carmen M.G. llegó al aeropuerto de Manises en vuelo procedente de Río de Janeiro ocultando en la maleta que llevaba casi dos kilos de cocaína de una pureza del 66,5%. La mujer, de origen brasileño, fue detenida en la terminal aeroportuaria. La maleta con la droga, escondida en tubos metálicos ocultos en un doble fondo, la recogió en Río de Janeiro cumpliendo el encargo de traerla a Valencia a cambio de 730 euros. Una vez hecho el trabajo, cobraría otros 3.000 euros. La mujer explicó que aceptó el encargo porque necesitaba dinero para hacer frente a la grave enfermedad que padecía su hijo, "epilepsia con cardiopatía isquémica".
El fiscal pidió para ella siete años de cárcel por un delito contra la salud pública. Esa petición del fiscal incluía un descuento del castigo al aplicarle la eximente incompleta de "extrema necesidad". La sala, que tenía como techo máximo de pena a imponer los siete años solicitados por el fiscal, ha decidido aplicar una reducción de un grado, pasando a imponer una condena de cinco años frente a los siete que podía, de acuerdo con el fiscal, fijar como castigo.
Además, la mujer -en prisión provisional desde que fuera detenida en el aeropuerto de Manises- deberá pagar una multa de 150.000 euros, con 30 días de arresto como sustitución en caso de impago y el abono de las costas procesales.
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