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Un juzgado falla que la licencia de obras de La Vila vulnerada por el hotel Atrium Beach sigue en vigor

El titular del Juzgado de lo Contenciso-administrativo 3 de Alicante ha fallado que la licencia de obra mayor concedida por el Ayuntamiento de La Vila Joiosa a la mercantil Atrium Beach, SL, en 1999, para construir un complejo hotelero, sigue en vigor.

En una sentencia notificada a las partes el miércoles, el juez responde a la petición de nulidad del permiso realizada por el edil de la oposición Pedro Lloret, de Iniciativa Independiente, que no hay motivos para la caducidad de la licencia, ya que, más que inactividad de promotor, lo que ha habido es una actuación de éste al margen de la licencia concedida por el Ayuntamiento de La Vila.

El promotor ha sobrepasado la edificabilidad permitida en la licencia en una cantidad equivalente a unas 11 plantas del edificio y en estos momentos se tramita un expediente de restitución de la legalidad y una sanción de 12 millones de euros.

Según la sentencia, no puede existir caducidad de la licencia porque el Ayuntamiento estaba tramitando un expediente de restitución de la legalidad urbanística por un importante exceso en la superficie construida del hotel (61.897 metros cuadrados). De esto, dice el fallo, pueden sacarse muchas conclusiones, pero "nunca" la intención del promotor de abandonar o desistir de su intención de edificar.

El recurrente alegó que los plazos establecidos en el artículo 85.2 de la Ley Reguladora de la Actividad Urbanística (LRAU) han transcurrido con exceso y que la obra está muy lejos de terminarse a causa de la "actitud dolosa" del promotor, que "no solo ha incumplido" las condiciones de la licencia, sino que además "pretende consumar una infracción urbanística de enormes proporciones".

Los demandados, el promotor y el Ayuntamiento de La Vila, alegaron que no se dan los requisitos para que se proceda a la caducidad de la licencia, ya que la demora en la ejecución de las obras es debida, entre otros motivos a que la licencia se condicionó al proyecto de ejecución y éste no ha sido aprobado, así como a la existencia de diversas órdenes de paralización de las obras.

Tras el análisis del expediente, el juez entiende que parte de las condiciones de la licencia no han sido cumplidas. Pero ese incumplimiento, que "debería comportar la reacción de la Administración competente", en el sentido de abrir expediente por la ejecución de obras sin ajustarse al permiso, "en nada afecta a la caducidad" solicitada por el recurrente.

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