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RADIOGRAFÍA DE LA SITUACIÓN JUDICIAL EN ESPAÑA DURANTE EL ÚLTIMO EJERCICIO

El 40% de los reos sometidos a juicios rápidos se conformó con la pena

El 40% de los delincuentes sometidos en España el pasado año 2004 a un juicio rápido aceptaron la pena que solicitaba para ellos el representante del ministerio fiscal y salieron del juzgado con una sentencia condenatoria y firme bajo el brazo en las siguientes 48 horas a su detención, según las conclusiones de un informe elaborado por el Consejo General del Poder Judicial (el órgano de gobierno de los jueces españoles).

En España se celebran juicios rápidos por delitos y por faltas. Los 1.705 juzgados penales españoles celebraron el año pasado un total 246.704 juicios rápidos por ambos conceptos.

Los juicios rápidos permiten juzgar y sentenciar determinados delitos -los que llevan aparejadas penas iguales o inferiores a cinco años de cárcel- en cuestión de 48 horas, siempre y cuando el reo acepte la pena que le pide el fiscal.

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La justicia mantenía más de dos millones de asuntos en tramitación al finalizar 2004

En este supuesto, contemplado en la ley, ni siquiera llega a celebrarse el juicio como tal. Si acepta la pena del fiscal, el juicio tiene que celebrarse en menos de 21 días.

El 40% de los reos acepta la pena porque ve que las pruebas contra él son casi irrefutables y porque, si admite los hechos, la pena que le pide el fiscal se le reduce automáticamente en un tercio.

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Por ejemplo, si son 12 meses de cárcel, se quedan en ocho. Eso sí, la condena se convierte en firme y si comete otro delito, el condenado tendrá, a partir de entonces, antecedentes penales. Gran parte de los delitos de violencia doméstica y los relacionados con las alcoholemias, por ejemplo, suelen tramitarse en España por el procedimiento del juicio rápido.

Diligencias urgentes

En 2004, los juzgados españoles tramitaron 116.704 diligencias urgentes, que son las que se engloban dentro de lo que se conoce como procedimientos o juicios rápidos.

En esas 116.704 diligencias urgentes, hubo 46.850 asuntos (el 40,14%) en los que el reo aceptó la pena que solicitó el ministerio fiscal.

Muchas faltas también son enjuiciadas de forma urgente. Es decir, al día siguiente de ser cometidas. Las faltas no llevan aparejadas penas de privación de libertad, sino tan sólo multas.

En el último ejercicio de 2004 analizado por el Consejo General del Poder Judicial, se celebraron 129.562 juicios de faltas por el procedimiento rápido regulado en la ley, del total de 987.267 juicios rápido realizados en España en ese periodo.

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