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Cartas al director
Opinión de un lector sobre una información publicada por el diario o un hecho noticioso. Dirigidas al director del diario y seleccionadas y editadas por el equipo de opinión

Españoles en Portugal

razonable que Bulgaria no entre en la UE si no llega a

En relación con el artículo de Luis Gómez sobre "Siete emigrantes por hora", publicado en EL PAÍS del 17 de junio, le ruego que publique en su periódico la presente carta, por ser de interés general para los españoles que residan o trabajen en Portugal.

Conforme a lo dispuesto en el Decreto-Ley número 264/93, de 30 de julio de 1993, quienes residan en Portugal o ejerzan en su territorio actividades profesionales remuneradas no pueden conducir en Portugal automóviles con matrícula extranjera, salvo que obtengan una autorización de las autoridades aduaneras portuguesas. En consecuencia, el Ministerio de Asuntos Exteriores incluye en su web (www.mae.es/ VIAJEROS) la siguiente advertencia: "Prohibición para los residentes en Portugal -sean nacionales o extranjeros- y para los que realicen cualquier actividad remunerada permanente o accidental en el país de conducir coches con matrícula extranjera. Las sanciones son altas y hasta se puede incautar el vehículo".

A primeros de año las autoridades de tráfico portuguesas retuvieron en la zona norte de Portugal los vehículos de varios ciudadanos españoles, en aplicación de la citada disposición. Ante esta situación, funcionarios del Consulado General de España en Oporto se entrevistaron el 21 de febrero con el director de la Aduana de Freixeiro (competente en la zona Norte), quien explicó el motivo de las detenciones y retenciones de vehículos. Se le pidió que precisara y aclarara las normas aplicables para la admisión temporal e importación definitiva de vehículos matriculados en España, y se intercedió para que exonerara de las multas impuestas a los ciudadanos españoles que regularizaran la situación de sus vehículos, o se redujeran al máximo.

En el Tablón de Anuncios del Consulado figuran sendas notas sobre "Circulación de automóviles con matrícula extranjera" y sobre "Exención de impuestos a particulares por motivo de cambio de residencia". El Consulado suele advertir a los españoles que se inscriben en el Registro de Matrícula Consular de las normas vigentes en Portugal en materia de automóviles.

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