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El Consejo eligió en 2004 por 19 votos a dos jueces del Constitucional

Una muestra de la normalidad que entraña la elección por los órganos colegiados de altos cargos por mayorías de tres quintos -e incluso por dos tercios- de sus miembros la ofreció en 2004 el mismo Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) que ayer no fue capaz de sumar 13 votos para designar cuatro magistrados. El 14 de abril de 2004, el pleno del CGPJ eligió con rapidez por 19 votos como magistrados del Tribunal Constitucional al conservador Ramón Rodríguez Arribas y al progresista Pascual Sala.

Aquella elección aplicó el quórum de tres quintos establecido por la Ley Orgánica del Poder Judicial para designar, entre otros, los dos magistrados del Tribunal Constitucional que corresponde proponer al CGPJ. Precisamente, lo que ha hecho la reforma legal promovida por el Gobierno socialista y recurrida por el PP es ampliar ese quórum a la elección de magistrados del Supremo y presidentes de tribunales superiores de justicia, así como a los magistrados del Supremo para supervisar el Centro Nacional de Inteligencia.

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La propia Constitución establece la misma mayoría de tres quintos para que el Congreso de los Diputados y el Senado designen a los magistrados del Tribunal Constitucional que le corresponde proponer.

Igualmente, la designación de los 20 vocales del CGPJ viene realizándose por mayoría de tres quintos del Congreso y del Senado. Y el actual presidente del CGPJ, que ayer presidió su sesión plenaria, el 7 de noviembre de 2001 superó con creces esa mayoría legal de tres quintos, ya que fue votado por unanimidad de los 20 vocales de un Consejo hoy tan dividido.

Mayoría de dos tercios

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Entre las mayorías cualificadas exigidas por la Constitución y las leyes para la elección de cargos, destaca la mayoría de dos tercios para la designación por el Congreso y el Senado de los miembros del Consejo de Administración de Radiotelevisión. En el caso del Congreso, con 350 diputados, mientras la mayoría de tres quintos es 210 diputados, la de dos tercios se eleva a 234, a pesar de lo cual logra alcanzarse.

Esa misma mayoría de dos tercios está prevista, entre otras disposiciones legales, en la Ley de 1991 que creó el Consejo Económico y Social. Tanto el presidente como el secretario general de ese organismo necesitarán, para ser designados por el Gobierno, el apoyo de dos tercios de los 60 consejeros.

La Ley Orgánica de 6 de abril de 1981, en desarrollo de la Constitución, creó la institución del Defensor del Pueblo, como alto comisionado de las Cortes Generales para la defensa de los derechos fundamentales. Dicha ley establece que será designado Defensor del Pueblo "quien obtuviese una votación favorable de las tres quintas partes de los miembros del Congreso y, posteriormente, en un plazo máximo de 20 días, fuese ratificado por esta misma mayoría del Senado".

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