Niños de padre conocido
Un albañil sevillano logra frenar la entrega en adopción de sus hijos
La última vez que Alejo P. R. vio a sus dos hijos gemelos era a finales de noviembre de 1999, tenían 15 días de vida y todavía no habían abandonado el hospital de Sevilla donde nacieron con el síndrome de abstinencia, consecuencia de la toxicomanía de su madre. La Junta de Andalucía, que venía siguiendo el caso de la familia desde que le había retirado la custodia de su primera hija, declaró el desamparo de los pequeños, que ingresaron nada más recibir el alta en un centro de protección. "No los conozco, no he vuelto a verlos", declara hoy Alejo, un albañil de 59 años nacido en un pueblo granadino. La madre de los pequeños murió tres meses después debido a una sobredosis de pastillas.
Los niños han cumplido cinco años e ignoran cuál será su hogar dentro de otros cinco
El desamparo de los gemelos fue ratificado el 29 de marzo de 2000 por el delegado provincial de Asuntos Sociales de Sevilla, que propuso darlos a una familia en régimen de acogimiento previo a la adopción. Desde entonces, los niños han permanecido con esta pareja, que aspiraba a adoptarlos. De hecho, Asuntos Sociales propuso al juzgado de familia que se tramitase la adopción de los hermanos. Las razones eran que la madre había fallecido y que el padre era "desconocido". Sin embargo, el expediente administrativo de la familia recogía entrevistas con Alejo.
Éste preguntó reiteradamente por la suerte de sus hijos, pero no recibió respuesta ni notificación de la Administración. Sólo descubrió que los pequeños iban camino de ser adoptados por una familia sevillana cuando puso una denuncia ante el juzgado de guardia por el "secuestro" de los gemelos. Era el 21 de diciembre de 2000. La batalla judicial que entabló entonces prosperó y los niños no fueron dados en adopción. Tanto el Juzgado de Primera Instancia número 17 como la Audiencia de Sevilla concluyeron que no procedía la adopción, puesto que el padre, "que no estaba incurso en causa de privación de patria potestad", se negaba a tal medida.
En febrero de 2003, cuando los gemelos ya habían cumplido tres años, la Sección Segunda de la Audiencia le daba la razón de forma rotunda: "... El acogimiento preadoptivo y la adopción únicamente deben promoverse cuando sea previsible la imposibilidad de reinserción en la familia biológica y, de otra parte, el padre no era en absoluto desconocido para la entidad pública...".
Estas sentencias han servido de sustento al abogado Gabriel Velamazán para reclamar 710.800 euros "en materia de responsabilidad patrimonial" a la Junta por los daños causados al albañil. El Consejo Consultivo, órgano asesor de la Junta, le dio la razón en noviembre pasado, si bien rebajó a 100.000 euros la indemnización. Desde la muerte de su pareja, Alejo asumió en solitario el cuidado de la única hija que no le han retirado los servicios de protección de menores. Su capacidad para ello fue reconocida por los propios jueces. "Yo hago de padre y de madre, le lavo la ropa, le coso, le hago de comer, no es tan difícil, y hablo con los profesores, la niña es la número uno", se ufana.
Alejo pudo volver a ver a sus hijos, en fotos, en un encuentro, auspiciado por una fiscal que intervino en el caso, con la familia de acogida de los gemelos. El último fallo del juzgado de familia, de septiembre de 2004, es contrario a la devolución inmediata de los gemelos a Alejo, pero establece un régimen de visitas. Ambas partes han presentado recursos para quedarse con unos niños que, como pudo comprobar su padre, ya no conservan ni sus nombres de nacimiento.Han cumplido cinco años e ignoran cuál será su hogar dentro de otros cinco.
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