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Dolor y futuro

Calmar el dolor por las humillaciones y torturas sufridas por las dos mujeres muertas en L'Hospitalet puede hacernos pensar que el riesgo de nuevas acciones similares quedará conjurado con posibles responsabilidades políticas o profesionales. Si las hay será importante determinar la institución que pudiera haber actuado negligentemente cuando autorizó el permiso carcelario, permiso que posibilitó tan brutales acciones, precisamente a un preso que estaba cumpliendo pena por delito de violación cometido en otro permiso carcelario. No obstante, aparte de que la confianza en las instituciones debe garantizarse, también resulta de interés introducir una reflexión acerca de los agresores sexuales y su tratamiento penitenciario, con el objetivo de evaluar la eficacia de nuestro sistema legal de respuesta.

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En la actualidad, cuando una persona condenada ingresa en prisión, inmediatamente se somete a una evaluación que realiza un equipo de técnicos en varias materias -psicólogos, juristas, trabajadores sociales, entre otros- y ellos son los que clasifican al recién llegado. Le sitúan en una posición de partida que tiene situada la meta en la reinserción social y en la vuelta a una vida normalizada, intentando eliminar en el camino los factores que pudieron contribuir a la comisión del delito.

Los que ingresan con condenas muy elevadas o son considerados especialmente peligrosos, comienza con un régimen cerrado sin salidas al exterior, y así seguirá hasta que la Administración Penitenciaria -obligada a revisar periódicamente sus evaluaciones- comprueba que el penado tiene una convivencia normal y evolución favorable. En este caso decidirá si la buena evolución del penado le hace merecedor de pasar al siguiente grado, donde podrá obtener los primeros permisos de salida de la cárcel para prepararlo al siguiente hito del camino, que es un régimen de semilibertad.

Estos permisos suelen concederse por buena conducta y su autorización corresponde al juez de Vigilancia Penitenciaria, encargado del control de las decisiones de las prisiones. La ley trata de garantizar que la libertad ocasional del penado no constituya un peligro para los demás; por ello, el juez oye el dictamen del ministerio fiscal y puede recabar cuantos antecedentes e informes de los técnicos de prisión estime necesarios.

Por lo general, los jueces aceptan las consideraciones, valoraciones y propuestas de los técnicos de la prisión, lo cual resulta razonable por dos motivos claros: en primer lugar, porque son personas que gozan de la presunción de objetividad e imparcialidad y poseen conocimientos especializados en comportamientos y patologías humanas; en segundo lugar, estos profesionales han seguido la evolución del interno de manera individualizada y son las personas más idóneas para proporcionar datos certeros a la hora de evaluar un posible riesgo de reiteración delictiva.

Puede ser que las previsiones de buena conducta no se cumplan y quien obtenga el permiso vuelva a delinquir, como ha ocurrido en este caso que ha conmocionado a la sociedad española. Existe este riesgo real, pero no podemos olvidar que el engranaje legal está persiguiendo un objetivo altamente legítimo por su rango constitucional, conquista de las sociedades civilizadas, que es el de la resocialización del delincuente. La existencia del riesgo de quebrantamiento de los permisos no nos puede llevar a cuestionar la filosofía humanitaria aceptada por nuestra legislación, aunque sí podrían fortalecerse los instrumentos existentes para reducir el porcentaje de fracaso del sistema.

En el caso de penados por delitos contra la libertad sexual, el Parlamento Europeo recomienda que los Estados obtengan evaluaciones médicas, psiquiátricas y psicológicas más detalladas y completas acerca de los agresores sexuales antes de que éstos salgan de prisión o de los centros de detención, con el fin de reducir el riesgo de nuevos ataques contra otras personas. Esta Resolución (A-44/86) responde al hecho comprobado de que la mayoría de los agresores sexuales son reincidentes.

Simultáneamente, debería de trabajarse dentro de las prisiones con este tipo de penados, de manera específica, con terapias y tratamiento para que comprendan la repercusión negativa de sus acciones, asuman su responsabilidad y comiencen a representarse a las mujeres víctimas como personas. Quizás entonces puedan desear cambiar sus vidas y esta decisión resultaría clave para la sociedad; pues algún día han de salir de la cárcel y si no hemos conseguido que acepten los valores de la igualdad y de no violencia no habremos conseguido cumplir con nuestros deberes.

Inmaculada Montalbán Huertas es magistrada, portavoz de Jueces para la Democracia.

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